Política
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Elecciones 2018
Historia del freno a la ambición del poder
 
Periódico La Jornada
Lunes 12 de febrero de 2018, p. 4

Vigente durante toda la etapa del México independiente, la relección en el poder en México fue desterrada en 1933 como una necesidad para atajar los conflictos surgidos en el seno del Partido Nacional Revolucionario (PNR), conferirle un mayor control regional sobre la postulación de candidatos y acotar los poderes regionales.

Herencia del porfiriato, la relección presidencial había sido proscrita desde la aprobación de la Constitución de 1917, pero en su momento no se había determinado necesario extender esta proscripción al Poder Legislativo, sino hasta 1933.

De hecho, los historiadores ubican esa modificación que desde entonces ha impedido la relección inmediata de los legisladores (permitiéndola sólo después de haber transcurrido un periodo) en la Asamblea Nacional del PNR, celebrada un año antes.

La celebración del primer Congreso Nacional de Legisladores de los estados, convocado por el Comité Ejecutivo Nacional del PNR, conduciría al definitivo rechazo de la opción releccionista, que no tardaría en encontrar su expresión legislativa, después de una Convención Nacional de aquel partido, en Aguascalientes, en octubre de 1932. En efecto, la pertinente reforma constitucional fue aprobada el 29 de abril de 1933, refiere Manuel Ferrer Muñoz en su estudio sobre el tema.

Ante la necesidad de neutralizar las fuerzas políticas en el plano estatal y asumir un mayor control centralizado por parte del PNR, se canceló la relección legislativa durante la siguientes ocho décadas, durante las cuales en gran medida estuvieron bajo el control hegemónico del PRI, favoreciendo la operación corporativa del priísmo sobre las aspiraciones personales de los políticos.

Hacia finales de 2013, con el aval mayoritario de los partidos, se modificó el artículo 59 constitucional para permitir la relección inmediata de senadores, diputados federales y locales, así como alcaldes, preservando solamente la prohibición para la Presidencia y los gobernadores.