Viernes 26 de enero de 2018, p. 13
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los medios de comunicación que difundan información proveniente de agencias de noticias están obligados a publicar la réplica respecto de los datos que son inexactos o falsos.
Al continuar el análisis de las acciones promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Morena, el máximo tribunal de justicia del país no logró la mayoría de ocho votos necesaria para declarar inconstitucional la fracción VIII del artículo 19 de la Ley Reglamentaria del artículo sexto, que señala que un medio de comunicación puede negarse a publicar la réplica cuando los datos provengan de una agencia de noticias que fue citada.
Seis de los 10 ministros presentes en la sesión expusieron sus argumentos considerando que este apartado de la Ley del Derecho de Réplica es excesiva, ya que se obliga a que el afectado tenga que buscar o recurrir a la fuente original de la información.
El ministro Javier Laynez Potisek sostuvo que, como autor del proyecto que se revisa, este apartado debía declararse inválido pues es una carga excesiva para el ciudadano que solicita el derecho de réplica tener que recurrir siempre y de manera forzosa a la fuente original, que no siempre va a estar fácilmente identificable para él
.
En tanto, su homólogo Alberto Pérez Dayán señaló que en este caso, cuando una agencia de noticias difunde información y se genera una solicitud de réplica, el afectado debe acudir a la fuente, y ésta es la que debe entregar la réplica correspondiente y hacerla del conocimiento de todos aquellos que la han contratado y hacen uso de sus servicios.
El próximo lunes, el pleno de la SCJN analizarán la fracción IV del artículo 19 de esta ley, que se refiere a la posibilidad de negar una réplica cuando el medio de comunicación considere que se trata de una situación ofensiva
o contraria a las leyes
; hasta el momento, siete ministros se han manifestado en favor de la invalidez de este apartado y se esperará al voto de la ministra Margarita Luna Ramos, ya que ella podría hacer que se declare inconstitucional esta parte de la legislación.