Magistrados fijan como fecha límite el 9 de diciembre
Jueves 30 de noviembre de 2017, p. 4
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó ayer a María Alejandra Barrales Magdaleno separarse de la presidencia nacional del PRD a más tardar el 9 de diciembre, porque no hay justificación para que continúe con su doble cargo de dirigente y senadora al mismo tiempo.
La resolución se aprobó al resolver un recurso promovido por el perredista Carlos Sotelo, y coincide con el proceso interno para elegir al nuevo presidente de este instituto en los próximos días.
Si Barrales deja el cargo antes de la fecha mencionada, los órganos competentes del PRD deberán conducirse de acuerdo con las normas estatutarias para cubrir la ausencia temporal correspondiente, señalaron los magistrados.
En caso de que Barrales solicite licencia al cargo de senadora antes del 9 de diciembre, sólo podrá permanecer en la dirigencia hasta el 11 del mismo mes, de acuerdo con una resolución anterior del tribunal, que fija esa fecha para que rinda protesta la nueva dirigencia e inicie funciones.
Sotelo promovió el recurso para exigir la salida de Barrales, porque ya concluyó el periodo para el que fue electa, al igual que el Consejo Nacional.
Por otra parte, el TEPJF determinó que el promocional Manifiesto reflexión, del Instituto Nacional Electoral (INE), no incurre en uso indebido de la pauta ni se posiciona en favor o en contra de determinado partido político para la próxima contienda electoral. Con ello confirmó la sentencia de la sala regional especializada en un procedimiento promovido por el PRI, la cual consideró inexistentes las infracciones atribuidas a la Junta General Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del INE, por presunto uso indebido del tiempo del Estado para la difusión del promocional en radio y televisión.
La sala especializada consideró que el mensaje atiende los parámetros legales y su contenido tiene la intención de promover la participación de la ciudadanía para que ejerza su derecho político-electoral de voto activo, lo cual constituye uno de los fines del instituto.