Señaló que en México debe considerarse una medida cautelar de excepción
Lunes 27 de noviembre de 2017, p. 12
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió ayer el Pronunciamiento sobre el plazo razonable en la prisión preventiva, para que las personas que han sido privadas de la libertad debido a que se encuentran en un proceso no permanezcan en los centros de detención por un tiempo mayor al previsto constitucionalmente.
En el documento, aprobado por el consejo consultivo del organismo nacional, se evidencia el uso excesivo que se ha hecho de esa medida cautelar en el sistema penal mexicano, a pesar de que ya se cuenta con el nuevo sistema acusatorio y adversarial.
La CNDH se pronunció por que la privación de la libertad no vaya más allá de los límites señalados en la Constitución, y de ser necesaria una modificación de la medida cautelar, ésta no sea sustituida por otra que suponga la detención de la persona.
Consideró que la dilación en el plazo razonable de la prisión preventiva por causas no imputables al ejercicio de la defensa del procesado implica afectación a su persona y a los derechos de las víctimas, que en el proceso se ven perjudicados en muchas ocasiones.
Con la emisión de este pronunciamiento penitenciario, la Comisión Nacional pretende que la prisión preventiva sea considerada medida cautelar excepcional en el Estado mexicano y se reconozca en las personas imputadas la presunción de inocencia, de acuerdo con los preceptos establecidos en la Constitución, en las Reglas Nelson Mandela de Naciones Unidas y en los estándares internacionales de los sistemas universal e interamericano de derechos humanos
, apuntó en el documento.
Reconoció que el Estado mexicano debe asumir sus obligaciones consagradas convencional y constitucionalmente para que pueda resolver los procesos penales en el plazo señalado en la Carta Magna, con el fin de garantizar, en su caso, la reparación del daño a la víctima, permitiéndole tener acceso también a los procesos de justicia restaurativa.