Miércoles 1º de noviembre de 2017, p. 14
Un juzgado de distrito otorgó amparo a una persona a la cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) le había negado información sobre una queja que ella misma había interpuesto ante el organismo público, relacionada con la ejecución extrajudicial de dos de sus familiares.
De igual manera, el juzgado determinó que es inconstitucional un apartado del reglamento interno de la CNDH, el cual es invocado por esa entidad para no facilitar datos sobre los avances de sus indagatorias.
Guillermo Naranjo, coordinador jurídico de la asociación civil de litigio estratégico en derechos humanos Idheas, explicó en entrevista con La Jornada que una mujer solicitó a la CNDH que le diera copias del expediente de queja que ella misma había iniciado, por la ejecución de su esposo e hijo, ocurrida en 2009 en el estado de Guerrero.
La CNDH se negó a cumplir dicha petición, con el argumento de que el artículo 78 de su reglamento interno indica que para entregar datos sobre la investigación es necesario que ésta haya concluido.
Al analizar el tema, el juzgado tercero de distrito del centro auxiliar de la séptima región, con sede en Acapulco, determinó que ese artículo es inconstitucional, ya que restringe el acceso a la información de los quejosos, sin que la Comisión haga al menos un ejercicio de ponderación
para ver cuáles datos le puede dar a conocer a las propias víctimas y cuáles no.
La negativa sistemática de la CNDH para dar información, estimó Naranjo, estaría relacionada con que este organismo quiere impedir que las autoridades puedan meterse a indagar sobre sus resoluciones o que las propias víctimas ya tengan una capacidad más amplia de vigilar lo que hacen
. Luego de destacar que la entrega de información a las víctimas no afecta una investigación, porque no necesariamente esos datos se tendrían que hacer públicos, el abogado llamó a la CNDH a no ver a la víctima como una adversaria, sino como alguien que va a aportar
y coadyuvar para la resolución de sus propias quejas.