Jueves 12 de octubre de 2017, p. 28
Las oficinas en México de la Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, y del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, condenaron ayer los hechos ocurridos en el penal de Cadereyta, Nuevo León, que dejaron un saldo de al menos 17 personas muertas y 30 lesionadas.
Ambas instancias llamaron al gobierno estatal a realizar una investigación pronta, diligente y respetuosa del debido proceso, a fin de esclarecer la matanza y garantizar justicia a las víctimas y a sus familiares. Convocaron a las autoridades locales y federales a que adopten las medidas necesarias para evitar que ocurran hechos similares.
Para ello, agregaron, una medida fundamental es una investigación completa y exhaustiva, así como sancionar a los responsables. Asimismo, resulta imprescindible que se ponga fin a los brotes de violencia en los centros de privación de la libertad de Nuevo León, e indagar de manera efectiva lo sucedido en los penales de Topo Chico, Apodaca y en el de Cadereyta
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Indicaron que son preocupantes las conclusiones de diferentes estudios sobre la situación en el penal de Cadereyta y, en general, en el sistema penitenciario mexicano. El Diagnóstico nacional de supervisión penitenciaria 2016, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, reveló graves deficiencias en la cárcel donde ocurrió el motín. Mientras, la Encuesta nacional de población privada de la libertad 2016 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía muestra que en Nuevo León 40.5 por ciento de los presos se sienten inseguros en el centro penitenciario y 28.9 por ciento incluso en su celda.
En un posicionamiento conjunto, ambos organismos advirtieron que las autoridades tienen la obligación de acreditar, mediante una investigación pronta, exhaustiva, independiente e imparcial, si el uso de la fuerza se ajustó a la ley.
Las agencias de Naciones Unidas firmantes hacen un respetuoso recordatorio a las autoridades respecto a las obligaciones especiales que tiene el Estado mexicano en su posición de garante frente a las personas privadas de la libertad, teniendo presente lo dispuesto en las conocidas Reglas Mandela
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