En seis estados hay dispensas
con el argumento de que acceden a más derechos
No debe justificarse con los usos y costumbres, indica
Ocurre en todos los estratos sociales
Domingo 30 de julio de 2017, p. 8
A pesar de las evidencias de que el matrimonio –forzado o no– puede truncar el proyecto de vida de niñas, niños y adolescentes, los códigos civiles de seis estados aún incluyen dispensas
para permitir la unión marital de un menor de edad, con el argumento equivocado de que así pueden acceder a más derechos, advirtió la organización Save the Children.
En entrevista con La Jornada, Saúl Sánchez, coordinador de asuntos jurídicos de dicho colectivo, explicó que aunque la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en su artículo 45 que la edad mínima para contraer matrimonio son los 18 años, los códigos civiles de Baja California, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro y Sonora aún no están armonizados totalmente con la normativa y es posible hacer excepciones a este mandato.
La mayoría de esas legislaciones estatales incluyen dispensas para casarse a los 16 años y las autorizan por causas graves y justificadas
, pero sin definir qué se entiende por ello. En el caso de Baja California, sin embargo, se permite el matrimonio de mujeres hasta de 14 años, y en el de Sonora no se fija ninguna edad mínima para casarse.
En Chihuahua, el código civil ni siquiera establece una edad mínima de 18 años, como en el resto de las entidades federativas, sino que indica que los hombres pueden casarse a partir de los 16 años y las mujeres desde los 14.
Lo anterior ocurre a pesar de que, en 2016 y 2017, México copatrocinó sendas resoluciones en la Asamblea General de Naciones Unidas y el Consejo de Derechos Humanos de esa organización para erradicar el matrimonio infantil, temprano o forzado.
Un caso que llamó la atención de Save the Children, señaló el investigador, es el del ombudsman de Aguascalientes, Jesús Martín Jáuregui, quien incluso presentó una acción de inconstitucionalidad contra la armonización del código civil de ese estado para fijar los 18 años como edad mínima para casarse.
Para darle más elementos a la Suprema Corte de Justicia para que decida en este caso, Save the Children envió a los ministros un amicus curiae, y les solicitó que no posterguen más su resolución.
Sánchez explicó que uno de los argumentos de quienes están en favor de las dispensas es que los menores de edad, al casarse, pueden acceder a más derechos de tipo fiscal o patrimonial, sin considerar las evidencias de que, en esos casos, las niñas y niños suelen dejar la escuela, iniciar de forma temprana en la maternidad o paternidad, e incorporarse después a trabajos muy precarios.
Luego de subrayar que las mujeres son más victimizadas que los hombres en este fenómeno, el investigador puntualizó que los matrimonios infantiles son más comunes de lo que se piensa y no se presentan únicamente en los pueblos indígenas o en sectores de escasos recursos económicos, sino en todos los estratos sociales.
De igual manera, enfatizó que esta práctica no puede justificarse con la idea de que forma parte de los usos y costumbres de diversos grupos, ya que dichos marcos no pueden estar por encima del interés superior de la infancia y los derechos humanos.