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La segunda cifra abarca los registros acumulados durante el primer semestre de 2017

En menos de un lustro, peticiones de refugio de venezolanos pasaron de una a mil 420

Por primera vez aparecen en la estadística niños y adolescentes que llegaron solos a México

 
Periódico La Jornada
Viernes 14 de julio de 2017, p. 4

En 2013, un ciudadano venezolano solicitó refugio en México y la protección le fue concedida. Ese país sudamericano era el penúltimo de una lista de 44 naciones origen de extranjeros en busca de ayuda del Estado mexicano.

Cuatro años después, el número de peticionarios procedentes de Venezuela llegó a mil 420, tan sólo de los registros acumulados durante el primer semestre de 2017.

De los 312 que ya concluyeron el procedimiento, prácticamente todos (310) fueron aceptados. El resto continúa en trámite. Igualmente, por primera vez aparecen en la estadística niños y adolescentes del país en mención que llegaron a México solos, sin la compañía de un familiar adulto y, en esta condición, solicitan ayuda.

Es decir, en menos de un lustro el caso Venezuela pasó de uno a mil 420 solicitantes, según las cifras oficiales de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) de la Secretaría de Gobernación (SG).

El disparo en las cifras no tiene precedente y coloca ahora a Venezuela en el sitio tres de una tabla de 41 países, sólo por debajo – ligeramente– de El Salvador y ya muy cerca de Honduras, desde siempre puntero en la cúspide de peticionarios quienes –afirman– no pueden volver a su patria porque, de hacerlo, se pondría en riesgo su vida.

En Venezuela hay actualmente una crisis económica, política y social que ha provocado aumento en el número de personas que buscan emigrar.

La voz se corrió rápido, en el sentido de mencionar a México como una alternativa para fijar la nueva residencia; el gobierno admite el argumento que en aquella nación hay ‘‘violación masiva de derechos humanos’’.

Los especialistas de la Comar sustentan su dictamen en el artículo 13 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, publicada en enero de 2011, la cual establece que la condición de refugiado se reconocerá siempre y cuando el extranjero se encuentre en territorio nacional bajo alguno de los supuestos incluidos en la normatividad.

Lo anterior se centra en dos aspectos: ser perseguido o que ‘‘ha huido de su país de origen porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público’’.

A nivel general, continúa el aumento de interesados en obtener la condición de refugiado o, al menos, ‘‘protección complementaria’’; esta última se refiere básicamente sólo al permiso de continuar aquí, sin todas las prerrogativas que se pueden conceder a un refugiado.

De enero a junio de este año, la Comar recibió 6 mil 835 solicitudes, equivalentes a 80 por ciento de todas las peticiones registradas en el de por sí histórico año 2016.

Como se ha difundido, esta comisión tiene un presupuesto escaso (de los más bajos de toda la Secretaría de Gobernación) y, en este contexto, debe recibir todas las solicitudes y emitir una respuesta fundada de cada una, en un plazo tope de 45 días.