Al suprimirlo, se deberán realizar pesquisas de calidad, dice
Martes 4 de abril de 2017, p. 9
El PRI consideró que el arraigo en casos de delincuencia organizada no sólo ha violado el debido proceso y los derechos humanos de quienes se les aplicó, sino que esa figura obsoleta e ineficaz
quita prestigio al país, por lo que presentó una iniciativa de reforma para suprimirlo de la Constitución.
El coordinador priísta en la Cámara de Diputados, César Camacho Quiroz, refirió que durante su sexenio Felipe Calderón insistió en que ese mecanismo se mantuviera, pero entre 2008 y 2011, de 6 mil 552 detenciones, el Ministerio Público sólo logró 3.2 por ciento de sentencias.
Al final se abusó de la figura, no en sentido jurídico, sino práctico de trámites procesales y que dio pocos resultados. Si alguien en este abuso, además, pudo haber cometido el delito, estará expedita la vía para llevarlo a cuentas ante las autoridades competentes
, dijo.
La eliminación de la figura del arraigo ha sido una demanda de distintos partidos políticos, así como de instancias internacionales. El 30 de abril de 2013 la cámara aprobó imponer un límite de 40 días y prorrogable por un periodo igual, ante el rechazo de PRI y PAN, a avalar la iniciativa original del PRD que buscaba suprimir ese método de detención.
En esta propuesta, el PRI expone que atiende no sólo al desuso del arraigo, sino que se atienden las recomendaciones al Estado mexicano de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, del relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura, el Comité contra la Tortura, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o involuntarias, y la relatora especial sobre la independencia de los magistrados.
El tricolor citó cifras presentadas por la Procuraduría General de la República, en respuestas a solicitudes de acceso a la información pública, respecto de que mientras en 2012 –al inicio de este sexenio– se arraigó a mil 287 personas, en diciembre sólo fueron 25.
Ahora, el PRI busca suprimir el párrafo 8 del artículo 16 de la Constitución, que define:
La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que señale, sin que pueda exceder de 40 días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga de la acción de la justicia.
Camacho Quiroz explicó que el arraigo ya no tiene cabida en el nuevo sistema acusatorio y está en colisión franca
con el paquete de reformas a la Constitución en materia de derechos humanos, aprobado en 2011, además de que aumenta el riesgo de torturas y malos tratos a las personas sometidas a ese estado.
Al suprimirlo, dijo, se obligará al Ministerio Público a obtener información de calidad en la investigación de los delitos y si ésta no es suficientemente acreditada, no prosperará ante un juez.