18 de marzo de 2017     Número 114

Directora General: CARMEN LIRA SAADE
Director Fundador: CARLOS PAYAN VELVER

Suplemento Informativo de La Jornada

Fuerte rechazo y críticas a la iniciativa
de Ley General de Biodiversidad

La iniciativa de Ley General de Biodiversidad, presentada en octubre de 2016 por la senadora Ninfa Salinas, del Partido Verde Ecologista, ha sido objeto de múltiples reacciones y críticas. Incluso, por medio de la plataforma de Change, Greenpeace solicita apoyo público para impedir su aprobación. Asimismo, la Red Temática del Patrimonio Biocultural (del Consejo Nacional para la Ciencia y la Tecnología, Conacyt), que integra a 174 académicos de 38 universidades, emitió una serie de afirmaciones donde destaca que la iniciativa violaría los derechos humanos de los pueblos indígenas y las comunidades.

Apenas el 22 de febrero, según dio cuenta la prensa diaria, alrededor de 50 organizaciones y académicos, incluidos Greenpeace, Animal Heroes y Centro para la Diversidad Biológica, presentaron su rechazo a esta iniciativa, con el argumento central de que sus omisiones ahondarán la sobreexplotación y detrimento de especies silvestres mexicanas. Consideraron que la iniciativa es un mosaico de parches copiados de otras leyes, como la del Equilibrio Ecológico.

En su petición de firmas vía Change, Greenpeace dice que “La iniciativa está llena de omisiones e incongruencias que atentan contra la protección de las especies, deja fuera la prohibición a la captura, importación o exportación y aprovechamiento de aves como las guacamayas, omite la protección a especies vulnerables y deroga la veda para las tortugas marinas. Esta nueva ley también omitiría el trato digno y respetuoso a la vida silvestre”.

En cuanto a las objeciones que presenta la Red Temática están, entre otras:

  • Esta iniciativa afectará vastos sectores de la sociedad rural y en específico a los pueblos indígenas y comunidades equiparables, por lo que éstos deben ser consultados y exponer el consentimiento previo libre e informado y de buena fe, según los estándares internacionales.

  • La iniciativa omite derechos humanos de los pueblos indígenas y en general de los ciudadanos enunciados en el artículo primero y segundo constitucionales, así como en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

  • La iniciativa fue elaborada sin cumplir con los mínimos cuidados que requeriría una legislación de tal envergadura. Adolece de definiciones centrales como la de sustentabilidad y da lugar a graves confusiones en términos de derechos.

  • La iniciativa es omisa respecto a quién es propietario de la biodiversidad. Del primer párrafo del Artículo 5 de la iniciativa se puede inferir a contrario sensu, que la Nación es la propietaria originaria, sin embargo, al no contener una disposición expresa en este sentido, genera ambigüedad para la aplicación de otras disposiciones de la misma Iniciativa.

  • La iniciativa reconoce en diversos artículos a propietarios y legítimos poseedores de las tierras donde se encuentra la biodiversidad. Sabemos que la posesión de la tierra puede obtenerse por contratos, por renta por lo que sociedades mercantiles pueden acaparar miles de hectáreas de zonas de alta biodiversidad. En la iniciativa de ley aparecen también como posesionarios o propietarios los ejidatarios, comuneros, y/o pequeños propietarios, excluyendo a los pueblos y comunidades indígenas como ocupantes de sus territorios. Este hecho excluye automáticamente los derechos de los indígenas en tanto pueblo a su territorio como la totalidad del hábitat (formula del Convenio 169 de la OIT, del cual México es signatario), así como al acceso preferente de los recursos naturales, tal como se establece en la Constitución que nos rige, y en el derecho internacional y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es precisamente en estos territorios donde se encuentra, por lo menos, la mitad de toda la biodiversidad de México.

  • En la iniciativa de ley no aparece ninguna protección de los sistemas indígenas agrícolas, forestales y agroforestales, como tampoco la riqueza genética de la agrodiversidad que son partes constitutivas de las llamadas demarcaciones geográficas bioculturales. La iniciativa da por hecho que existirán “partes” entre las cuales el Estado mediaría por las posibles diferencias o conflictos entre los usuarios y posesionarios.

  • La iniciativa de Ley general de Biodiversidad, en su Título Segundo sobre Diversidad Genética, incorpora elementos del Protocolo de Nagoya y del Protocolo de Cartagena derivados del Convenio sobre la Diversidad Biológica, ya de por sí lesivos a los derechos reconocidos en el sistema internacional a los pueblos indígenas. La iniciativa incorpora parte de dichos instrumentos de forma restrictiva, limitando aún más el ejercicio de los derechos; se limita a algunos de los principios que establecen estos dos protocolos, tales como establecer la atribución a la Comisión para que coordinar el establecimiento de cláusulas contractuales. Se deja así el reconocimiento de los sistemas normativos indígenas solo para el caso de las condiciones mutuamente acordadas, es decir, solo para los acuerdos de beneficios y no así en la negociación de los contratos (artículos 47 y 48 de la Ley General de Biodiversidad).

  • La iniciativa omite establecer un sistema de protección al conocimiento tradicional asociado a los recursos genéticos y naturales (LR).


Biodiversidad amenazada por iniciativa
de legislación ambiental mexicana

Carolina García Sevilla Miembro de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad (UCCS)

El caso que nos ocupa en este momento tiene que ver con la protección de la biodiversidad de nuestro país, es decir con la protección de nuestros medios de subsistencia, que en un sentido más amplio abarcan la defensa de la vida misma.

Esta defensa no se da de forma espontánea y sin antecedentes; por el contrario, nace a partir de las crisis ambiental y humana que figuran como consecuencia directa del desarrollo capitalista, un desarrollo que de forma simplista alude principalmente al crecimiento económico. Siguiendo esta lógica, la explotación de los recursos naturales, a los cuales prefiero referirme como bienes de uso común (BUC), son posicionados como directrices que orientan el crecimiento económico del país, colocándolos directamente en una situación de alta vulnerabilidad y como objeto de la ambición de las grandes “potencias”. Esta dinámica es la base del neoestractivismo y se coloca como paradigma de las sociedades capitalistas actuales.

La actual crisis ambiental y humana es ampliamente conocida a escala mundial, hasta el punto de propiciar la creación de una variedad de convenciones, acuerdos y “alianzas”, que como característica esencial poseen el esquema de la construcción con base en los intereses de los países con mayor poder económico y político, adhiriendo subsecuentemente a los nombrados “países en vías de desarrollo”, de los cuales dependen directamente, pero a quienes hacen ver como dependientes.

Uno de los grandes ejemplos de las alineaciones de estos países es el de la Conferencia de las Partes (COP), en la que actualmente participan 196 países, entre ellos México, y que tiene por objetivo principal la ratificación de diversos acuerdos, como la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), la Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación (UNCCD), la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (UNFCCC) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), etcétera.

Las leyes mexicanas están alineadas a dichos convenios y qué mejor prueba que la mostrada por la senadora Ninfa Salinas Sada, del Partido Verde Ecologista de México. Esta servidora pública, el pasado 25 de octubre de 2016, presentó un proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Biodiversidad, la cual reforma diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como también abroga la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), ambos, instrumentos que actualmente son la base para la protección de la biodiversidad del país.

La presentación de dicha iniciativa, tenía el objetivo de ser aprobada y llevada a la COP 13 del CDB, ya que, según ella, nuestro país debía contar con “una ley moderna y adecuada a los más exigentes paradigmas internacionales de manejo de la biodiversidad”, según lo manifiesta el proyecto de decreto mencionado.

Alineada a la iniciativa de Ley General de Biodiversidad, se encuentra la iniciativa de ley forestal, propuesta por el mismo partido, y que igualmente ha sido fuertemente criticada, en principio porque significa un retroceso en el avance que se tenía en materia de derechos indígenas y campesinos (ver texto de Angélica Enciso, La Jornada, 3 de febrero de 2017, página 41, “Quieren ONG consulta pública sobre iniciativa de ley forestal del Partido Verde”).

La iniciativa de Ley General de Biodiversidad representa un retroceso en la política ambiental mexicana, pues la encamina a flexibilizar los marcos regulatorios en materia ambiental, principalmente porque, de una manera profunda, sujeta la legislación nacional a los tratados internacionales como los Protocolos de Nagoya y de Cartagena.

El hecho de que México haya ratificado dichos convenios no implica que dentro del país debamos ser omisos en legislar sobre el acceso y la participación en los beneficios de la biodiversidad, por ejemplo. En ese sentido, la actual iniciativa deja por completo esa responsabilidad en manos de tales tratados internacionales.

En cuanto a la crítica que ha recibido esta iniciativa, la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad ha hecho pública su postura mencionando que ésta debe de ser ampliamente debatida, puesto que implica modificaciones sustanciales que podrían implicar serias repercusiones sobre el marco de derecho y la legislatura ambiental que se ha venido construyendo en los años recientes.

Por supuesto, ello no excluye realizar un análisis profundo de los actuales instrumentos en materia ambiental; se sabe que son deficientes. Sin embargo, tenemos que tomarlos de referencia y partir de ellos para poder consolidar una legislación adecuada.

De ser aprobada la actual iniciativa, se perderían importantes avances proporcionados por las herramientas de legislación ambiental actuales. Debido a los déficits presentes en la iniciativa, desde los técnicos hasta los conceptuales y estructurales, ésta es incapaz de ser un elemento regulatorio y de protección. Aprobarla significaría dejar una propuesta carente de seriedad que pone gravemente en riesgo los BUC de México, lo que incluye a la biodiversidad en su sentido más amplio. Este es un llamado a visibilizar un problema que por años ha sido relegado a planos secundarios siendo que es la base del mantenimiento de nuestras formas de vida.

opiniones, comentarios y dudas a
[email protected]