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Corrige al Inai: no toda información estadística es pública

Ordena la Corte al Cisen difundir datos sobre intervenciones telefónicas
 
Periódico La Jornada
Martes 6 de diciembre de 2016, p. 12

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desautorizó el criterio del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) de que toda información estadística es pública, independientemente de la materia que se trate; sin embargo, le dio la razón a la institución, la cual ordenó al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) entregar la información requerida, vía transparencia, sobre cuántas personas o dispositivos fueron intervenidos en sus comunicaciones privadas en 2014.

Eduardo Medina Mora, ex director del Cisen, puso énfasis en la importancia del asunto para que no violentemos la capacidad del Estado de defenderse de sí mismo y, en consecuencia, estar en oportunidad y posición de defender a los gobernados.

Al resolver ayer el primer recurso de revisión en materia de seguridad nacional, que interpuso la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República en contra de que la decisión del Inai de que el Cisen entregara la información requerida, el pleno de la Corte determinó que cada asunto en el que se soliciten estadísticas relacionadas con la seguridad nacional deberá analizarse por separado.

Al respecto, el ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, señaló que dichos criterios del Inai son exagerados y fuera de lugar, porque se generaliza sin tomar en cuenta que la información estadística relacionada con otros datos puede poner en riesgo la seguridad nacional.

El instituto está obligado a razonar las consideraciones de que si bien son datos estadísticos, pueden afectar la seguridad nacional, subrayó. La información no se puede proporcionar de manera tan abierta, dijo al avalar el proyecto de dictamen elaborado por José Ramón Cossío.

Medina Mora advirtió que se debe tomar en cuenta que la entrega parcial de información numérica o estadística, que por sí sola pareciera no vulnerar los procedimientos y casos de seguridad nacional al concatenarse o relacionarse en casos concretos, puede afectar la seguridad nacional.

Puso énfasis en la importancia del asunto, para que no violentemos la capacidad del Estado de defenderse de sí mismo y para que la resolución establezca con claridad el alcance de qué datos pueden ser públicos o no.

Destacó que si bien estaba en favor de que el Cisen entregara la información en este caso, no todo dato estadístico o numérico es de carácter público.

Se deben fijar parámetros para la entrega de la información solicitada caso por caso para evitar que esos datos proporcionados sean lesivos para la seguridad nacional, insistió.

Los ministros, con el voto en contra de Margarita Luna Ramos, determinaron que, por no estar en riesgo la seguridad nacional, el Cisen debe entregar la información, pero advirtieron que el Inai tiene que revisar su criterio tan amplio de entregar datos estadísticos de manera indiscriminada.

Luna Ramos sostuvo: Todo dato estadístico que sea producto de las intervenciones practicadas por el Cisen en ejercicio de sus facultades invariablemente tiene el carácter de reservado.