Polémica con Gobernación por la expresión persona no localizada
Lunes 5 de diciembre de 2016, p. 14
El Senado tiene pendiente, desde el año pasado, la ley contra la desaparición forzada de personas y de desaparición entre particulartes. El presidente de la Comisión de Justicia, el panista Fernando Yunes, encargado de la elaboración del proyecto correspondiente, y Angélica de Peña, perredista y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, destacaron en entrevistas que esta semana es crucial para destrabarla, si hay voluntad política de la Secretaría de Gobernación
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Yunes y De la Peña coincidieron, por separado, en que “todavía hay tiempo de que la ley salga en este periodo, si a más tardar el miércoles llegamos a un acuerdo con Gobernación en tres temas torales: mecanismos de búsqueda de personas desaparecidas; tipos penales, y eliminar de la iniciativa el término no localizados”.
El obstáculo, reconocen, es Gobernación, porque insiste en que se establezca en la ley el término de persona no localizada, ya que tiene temor de que la cifra de desaparecidos se eleve considerablemente si en lugar de persona no localizada o ausente se le reconozca como persona desaparecida
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Ambos senadores, que participan en la elaboración de dicha ley, señalan que el término persona no localizada es el principal obstáculo con el gobierno, pues argumenta que la persona pudo haber desaparecido voluntariamente. Los legisladores insistimos en que se deben dejar fuera esos prejuicios, de que una persona se pudo ir por su propia voluntad a otro sitio, y esperar años o décadas a que regrese
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De la Peña subraya: Si estamos trabajando una ley de desaparición forzada o desaparición entre particulares se debe ser preciso en el tipo penal y en el objeto de la ley; por eso no puede establecerse el término no localizado, ya que ese no es el objeto de la iniciativa
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Resalta que “con esa insistencia del gobierno no han entendido o no entienden la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh), en el caso campo algodonero (desaparecidas de Ciudad Juárez, Chihuahua), en que tres familias evidenciaron cómo al llegar al Ministerio Público para denunciar la desaparición de sus hijas, los funcionarios les contestaban: ‘sus hijas se fueron con el novio. Hay que esperar 72 horas para levantar la denuncia’. Con la resolución de la Coridh se demostró que las primeras 72 horas de búsqueda de la persona desaparecida son fundamentales”.
Se entiende, subraya De la Peña, que el gobierno diga que si se elimina ese concepto de persona no localizada va a tener muchos casos de personas que serán buscadas, y después aparecen. Aquí PAN y PRD argumentamos que no podemos empezar al revés; la búsqueda de la persona debe ser inmediata, no esperar que transcurran tres días. No es lo correcto. La situación que tenemos en México exige actuar hacia adelante
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Otro tema en que no hay acuerdo con el gobierno es en el mecanismo nacional de búsqueda; dónde debe quedar. Aquí tenemos que hacer caso a las familias de personas desparecidas, a los colectivos, que han tomado en sus manos la búsqueda de sus hijos, hermanas, esposos, sobrinas, primos, porque la autoridad es omisa y negligente
, abunda De la Peña.
Este es, asevera, otro obstáculo; la parte más delicada está en los 32 estados, no tanto en la parte federal, pero aquí precisar en la ley la responsabilidad de las autoridades locales y municipales,porque sucede que la gran mayoría de casos de personas desaparecidas son del fuero común, y ahí los gobernadores son omisos; no buscan, dejan transcurrir el tiempos y no investigan
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