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No se justifica que alguno sea vocero exclusivo, señala

Buscará INE limitar presencia de dirigentes en promocionales

Los lineamientos se aplicarán si existe un proceso electoral próximo

 
Periódico La Jornada
Viernes 4 de noviembre de 2016, p. 5

El Instituto Nacional Electoral (INE) emitirá lineamientos para limitar la presencia de los dirigente partidistas en los promocionales difundidos por sus fuerzas políticas en radio y televisión, con el siguiente criterio del tribunal electoral: no se justifica que alguno sea vocero exclusivo, sobre todo si existe un proceso electoral próximo y ante la posibilidad de su postulación como candidato.

Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyeron sus gestiones de 10 años, pero antes heredaron al instituto concretar una tarea que no se logró mediante una reforma legal, promovida en su momento por el priísta Manlio Fabio Beltrones, consistente en acotar la presencia de los dirigentes de Morena, Andrés Manuel López Obrador, y del PAN, Ricardo Anaya.

Aunque el tema se incluyó en una sentencia (SUP-REP 575/2015) relacionada con un par de promocionales del dirigente panista Ricardo Anaya, que si bien se declararon legales, tienen otras implicaciones, porque ordena al INE aplicar diversos criterios que evitarían difundir la imagen de los dirigentes partidistas a partir del inicio del proceso electoral de 2018, o sea, en septiembre de ese año en el caso de las elecciones presidenciales.

‘‘En principio no se justifica que un dirigente sea una especie de ‘vocero’ o ‘portavoz’ exclusivo, sobre todo si existe proximidad con algún proceso electoral, considerando la posibilidad de que la aparición en los promocionales de las pautas del partido conlleve la intención de promocionarse anticipadamente con miras a postular su candidatura en un proceso inminente’’, explica la sentencia.

La resolución, escrita con varias erratas, ordena al INE ‘‘realizar, en el ámbito de su competencia, un escrutinio escrupuloso para prevenir, investigar y, en su caso, corregir fraudes a la ley o a la Constitución o posibles abusos al derecho de los partidos y sus dirigentes’’.

El consejero Benito Nacif confirmó que elaborarán lineamientos para cumplir esa sentencia, cuyo mandato es ‘‘complicado’’, porque implica definir cuándo la aparición de un dirigente en los promocionales de su organización política deja de ser legítima y válida y se convierte en campaña de promoción personalizada. Consideró que conviene emitir una norma para que los partidos tengan certeza respecto de qué se puede hacer, pero no lo han discutido los consejeros.

El representante del PAN ante el instituto, Francisco Gárate, consideró que ‘‘esta sentencia plantea un dilema a la autoridad electoral administrativa, que no es saludable’’, porque ha prevalecido la libertad de expresión como principio en la difusión de estos tiempos del Estado que se asignan en radio y televisión.

‘‘El INE tendrá que actuar con suma cautela y prudencia, porque a esa autoridad administrativa electoral se le impone un reto de regulación de proporciones mayúsculas. Definir la aparición del presidente de un partido político en un promocional implicaría redefinir el marco normativo y los criterios que ha emitido el tribunal electoral.’’

Si el INE frena a los presidentes de los partidos, también tendría que hacerlo con los candidatos independientes que están haciendo actividades de manera franca, como Jorge G. Castañeda, o a los servidores públicos, como Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco, o Rafael Moreno Valle, expresó.