Política
Ver día anteriorJueves 3 de noviembre de 2016Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Estudiará la SCJN si atrae amparo de Gordillo Morales
 
Periódico La Jornada
Jueves 3 de noviembre de 2016, p. 8

A petición del ministro José Ramón Cossío Díaz, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si ejerce su facultad de atracción para conocer el amparo en revisión interpuesto por los abogados de la ex lideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Elba Esther Gordillo para que continúe su proceso en prisión domiciliaria.

En la sesión del próximo 16 de noviembre, la primera sala analizará la solicitud de ejercer la facultad de atracción presentada por Cossío Díaz, quien hizo suya la petición de los abogados de Gordillo, quienes no están legitimados legalmente para pedir a la SCJN que resuelva el amparo, acerca de que los ministros resuelvan en definitiva la demanda.

Según Cossío, el asunto es de trascendencia e importancia jurídica y por sus características merece la atención de la Corte. Entre los argumentos del ministro destaca la necesidad de que el máximo tribunal defina si el juez de la causa que negó la prisión domiciliaria, interpretó y aplicó incorrectamente el artículo 55 del Código Penal Federal, que señala los requisitos legales para otorgar el beneficio de la prisión preventiva domiciliaria.

También plantea revisar si el juez no cumplió con su obligación de observar el principio pro persona en materia de derechos humanos de los adultos mayores, de acuerdo con la jurisprudencia nacional e internacional.

Cabe señalar que esta será la tercera vez que la defensa de Gordillo Morales intenta que la SCJN resuelva uno de los amparos que ha presentado contra los procesos penales que enfrenta.

Las dos ocasiones anteriores (2014 y 2015) la misma sala rechazó conocer el amparo presentado por la ex lideresa magisterial contra al auto de formal prisión por delincuencia organizada y lavado de dinero, así como una petición para que no fuera el quinto tribunal colegiado en materia penal el que resolviera en definitiva el auto de formal prisión de la acusada, con el argumento de que dos de los tres magistrados no serían imparciales.

En concreto, la sala revisará el amparo en revisión 69/2016, radicado en el quinto tribunal colegiado en materia penal del primer circuito.