Leyes penalizan este delito, advierte Inai
Sábado 30 de julio de 2016, p. 30
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) afirmó que la práctica del sexting que involucra a menores de 18 años puede configurar el delito de pornografía infantil
.
Ese fenómeno de la red consiste en tomarse imágenes sexuales o eróticas y compartirlas con alguien de confianza. De acuerdo con una encuesta de la Alianza por la Seguridad en Internet realizada entre 10 mil estudiantes, 36.7 por ciento de adolescentes entre 12 y 16 años conoce a alguien que ha envidado fotos suyas desnudo o semidesnudo, ya sea a conocidos o desconocidos.
En un comunicado, el instituto recordó que recientemente el gobierno federal lanzó la campaña Pensar antes de Sextear, para evitar su práctica ante el riesgo de “daño al honor y la imagen de una persona, pérdida de su privacidad, sextorsión o chantaje por las imágenes, así como ciberbullying”.
Esa iniciativa ha sido criticada por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), cuyos integrantes señalan que la campaña estigmatiza a quienes practican el sexting y responsabiliza a víctimas de que sus imágenes hayan sido difundidas sin su consentimiento.
En el decálogo de la campaña, se advierte que existen leyes que penalizan acciones ligadas a esa práctica, pues si quien aparece en la fotografía o video es menor de edad supone la configuración del delito de producción, posesión o distribución de pornografía infantil
, contemplado en el Código Penal Federal.
El Inai precisó que en el artículo 202 de ese ordenamiento se señala que comete delito de pornografía infantil quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos
. La pena, alertó, es de siete a 12 años de prisión y de 800 a 2 mil días de multa.