a costumbre, ese orden con frecuencia ilegal, nos ha llevado a asumir que el fuero de los políticos que lo ostentan les permite la comisión impune de cualquier fechoría. Es que tiene fuero
, dice la ignorancia, la introyección o la actitud resignada.
Tras una docena de reformas, desde la primera, en 1928, para mejorar y moralizar la función pública lo que hoy enfrentamos en el tema es un rotundo fracaso.
Las renovaciones morales, los códigos de ética y los giros espectaculares de 360 grados de derroche legislativo se han traducido en evidentes derrotas del combate a la corrupción. En nuestro país ha llegado a tal extremo que sus responsables ya no saben cómo taparla: piden perdón, amenazan a quienes los critican o acusan de incurrir en ella, crean un complejo Sistema Nacional Anticorrupción que puede resultar tan denso, costoso e inútil como la Procuraduría Federal del Consumidor, el Instituto Nacional de la Economía Social o cualquier otro triángulo de las Bermudas.
Si hubiera voluntad política e instituciones republicanas capaces de instaurar con rigor los deberes de los servidores públicos y castigar, en su caso, a quienes no sólo los infrinjan, sino que abiertamente cometan delitos, y alentar con su conducta una cultura de la legalidad y la transparencia, no habría necesidad de crear onerosos e inoperantes aparatos ni de promover ciertas reformas.
Ahora se intenta una medida más radical que las anteriores para combatir la corrupción: quitar el fuero a los servidores públicos. Con las excepciones útiles para confirmar la regla, es la hora en que el derecho penal no se posa en los recintos oficiales. Plutarco Elías Calles, en 1928, dio al Senado la condición de gran jurado para juzgar los delitos oficiales
. En la más reciente reforma, los legisladores se autoerigieron en colegio suprajudicial para hacer lo propio.
En la historia constitucional, de 1917 a nuestros días, nada ha impedido el abuso y la corrupción de legisladores y funcionarios de los poderes Legislativo y Ejecutivo de nivel bajito para arriba. En la cúspide, ya sabemos lo que puede y hace un presidente de la República. Este funcionario sigue siendo irresponsable de delitos tan graves como ataques a la Constitución y a las instituciones electorales. Ambos estaban contemplados en la Constitución de 1857 y, por los cuales, en el caso, debía responder. Pero el carrancismo los omitió en la Constitución vigente. A esto debemos muchas de nuestras desgracias. En la penúltima reforma, la diputada priísta Paulina del Moral reafirmaba la irresponsabilidad del titular del Ejecutivo, considerando que su carácter intocable era garantía de la integridad de la nación: Es un asunto de investidura institucional, no personal, es un asunto de protección de las instituciones mexicanas
. Ciclópea fue la carcajada de nuestros vecinos norteños y de los poderes fácticos de origen trasnacional.
Como sea, no se puede restar importancia a la iniciativa del Partido Ciudadano para suprimir el fuero a los servidores públicos. Es una condición para la existencia del Sistema Nacional Anticorrupción, dijeron los diputados que la presentaron: esta propuesta pretende eliminar ese pasaporte a la impunidad que sólo ha servido para proteger a funcionarios corruptos. Antes, en el ámbito del PRD, los legisladores Miguel Barbosa, Alejandro Encinas y Zoé Robledo propusieron que tal eliminación alcanzara al fuero inmenso de que goza el presidente de la República.
En Nuevo León, el gobierno de Jaime Rodríguez Calderón hizo lo mismo: envió al Congreso una iniciativa para eliminar el fuero de los servidores públicos. La propuesta contempla modificaciones a la Constitución local y a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para que se elimine el fuero a los funcionarios de ambos poderes en el estado. Nosotros pensamos que nadie debe estar exento de la posibilidad de ser investigado por cualquier autoridad en cualquier momento
, dijo Manuel González, secretario general de Gobierno.
La iniciativa fue presentada unas horas antes de que se conociera el otorgamiento de un amparo por un juez federal al ex gobernador Rodrigo Medina de la Cruz, quien debía presentarse al citatorio que le hizo la Subprocuraduría Especializada en Combate a la Corrupción del gobierno nuevoleonés para declarar sobre presuntos manejos y aplicaciones indebidos de fondos públicos y beneficios superiores a la ley para la empresa coreana Kia Motors ( La Jornada, 28/7/16). En respuesta, la fiscalía solicitó a la juez de control Bertha Yadira Baca que declarara a Medina sustraído de la justicia. La funcionaria judicial se negó a ello invocando el amparo concedido en favor del ex gobernador. ¿Ni el dinero ni las argucias legales impedirán que el ex gobernador Rodrigo Medina se presente a la audiencia de imputación, cuando ésta sea reprogramada, como sostuvieron las autoridades? ¿Y que así sea garantizará que, por vez primera, se haga justicia en la cabeza de un gobierno cuyo derroche y excesos fueron cotidianos?
Restará todavía discutir en torno al fuero. Usualmente se le confunde con la inviolabilidad de la libertad de opinión de los legisladores, que era la única prerrogativa incluida en la Constitución de 1917 antes de la reforma callista. Esa protección sustantiva debe mantenerse. La discusión también tendría que incluir el fuero militar, inaceptable retoño decimonónico.