Rechazó moción suspensiva de PRD y PT; prevé aprobar ley contra la tortura
Viernes 29 de abril de 2016, p. 14
El pleno del Senado rechazó la moción suspensiva propuesta por PRD y PT, y comenzó anoche las discusión de las reformas en materia de justicia militar que permiten a autoridades judiciales castrenses realizar cateos en domicilios de civiles, así como en oficinas del gobierno federal, del Congreso y de órganos descentralizados.
Ante el pleno, el senador Alejandro Encinas, del PRD, y el coordinador petista, Manuel Bartlett, advirtieron que las disposiciones contenidas en las modificaciones al Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales, que remitió la Cámara de Diputados, implican el grave riesgo de avanzar hacia un régimen policiaco-militar.
Al presentar la moción suspensiva, Encinas insistió en el peligro de dar a los ministerios públicos militares la facultad de participar en tareas de inteligencia, de intervenir comunicaciones telefónicas y todo lo que pueda contener información, así como la de ordenar la presentación de civiles ante autoridades castrenses.
No cometan esa acción que nos pone en riesgo a todos los mexicanos. Es una decisión peligrosa
, recalcó Bartlett, y destacó que el Ejército ya está en todos los estados y ahora le van a dar más instrumentos para continuar con una función inconstitucional.
Ambos plantearon suspender la discusión, toda vez que se violó el reglamento del Senado al aprobar un día antes el dictamen sin haberlo presentado 24 horas antes a los legisladores. PRI y PAN lo rechazaron y comenzó la discusión, que continuaba al cierre de esta edición.
En la madrugada se tiene previsto aprobar sin discusión la ley general contra la tortura, avalada horas antes en comisiones. En este ordenamiento se determinan dos delitos, el de tortura, que es imprescriptible y puede ser sancionado con hasta 20 años de prisión y multa de 500 a mil días de la unidad de medida y actualización (UMA), y el de tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, que se castiga con cárcel de tres a seis años y 500 días de multa de la UMA.
Aumentará pena
Destaca que la pena para el delito de tortura se incrementa 50 por ciento si la víctima es una niña, un niño o adolescente; una mujer gestante; persona con discapacidad; adulto mayor; migrante, periodista, defensor de derechos humanos o si es sometida a violencia sexual, entre otros actos
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Se precisa que comete el delito de tortura el servidor público con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal o medio de coacción, como medida preventiva o por razones basadas en discriminación o con cualquier otro fin; cause dolor o sufrimiento físico a una persona: comete una conducta tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o sicológica o realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento
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Define el delito de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes cuando el servidor público que en el ejercicio de su encargo, como medio intimidatorio, como castigo o por motivos basados en discriminación, veje, maltrate, degrade, insulte o humille a una persona
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Se tipifica el delito de tortura cometido por un particular, que con la autorización, apoyo o aquiescencia de un servidor público cometa alguna de las conductas para causar dolor o sufrimiento físico o síquico a una persona; cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o sicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento
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En este caso se le impondrá una pena de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días de multa de la UMA y las penas también se incrementarán 50 por ciento si la víctima es menor de edad; mujer gestante; una persona con discapacidad; adulto mayor o fue sometida a violencia sexual, entre otros.
En la madrugada se votará también la ley general de datos personales.