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Modificarán códigos de acuerdo con derechos humanos

Alistan en San Lázaro ajuste en la estructura de justicia militar

Se suprimen consejos de guerra y fiscalía remplaza a procuraduría

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Ante miles de soldados congregados en la plaza Damián Carmona del Campo Militar número 1, el secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda, se disculpó por los actos de tortura contra una mujer, difundidos en un video donde se observan algunos militaresFoto Francisco Olvera
 
Periódico La Jornada
Domingo 17 de abril de 2016, p. 4

La Cámara de Diputados enlistó en su agenda la aprobación del proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, y se expide el Código Militar de Procedimientos Penales.

Los ajustes a la estructura orgánica de justicia militar contemplan la supresión de los consejos de guerra; la creación de juzgados militares de control y de juicio oral; la transformación de la Procuraduría General de Justicia Militar en Fiscalía; la modificación del Cuerpo de Defensores de Oficio en Defensoría de Oficio Militar, y la creación de la coordinación de servicios periciales y ciencias forenses.

La Comisión de Defensa Nacional en San Lázaro determinó elaborar un solo dictamen para ambas iniciativas. En lo relativo a las reformas al Código de Justicia Militar se propone ajustar la estructura orgánica castrense con el nuevo Sistema de Justicia Procesal Penal Acusatorio, el cual consigna los derechos humanos de las víctimas, como sigue: derecho a ser atendido, a recibir trato digno, a denunciar el delito, a ser informado, a recibir asistencia, a obtener la reparación del daño, a ser escuchado, a interponer querella, a participar en el proceso y a inconformarse.

El sistema procesal prevé la creación de la figura del juez de control, que será el garante de los derechos humanos –citados– y que podrá participar en todas las etapas procesales del juicio. Además, por primera vez, contempla la posibilidad de mecanismos alternativos de solución de controversias, a efecto de darle celeridad a la impartición de justicia. Esto significa que no todos los juicios llegarán a la oralidad para dirimir sus diferencias.

En aquellos juicios que llegara a ser necesaria la oralidad, el nuevo sistema se sustentaría en los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, derivados de la reforma al artículo 20 constitucional.

Por lo que se refiere a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, la propuesta ajusta su estructura orgánica y funcional como un Sistema de Justicia Penal Militar y se apegaría a las disposiciones del citado Sistema de Justicia Procesal Penal Acusatorio.

Entre los cambios al Código de Justicia Militar se suprimen los consejos de guerra y se crean los juzgados militares de control y tribunales militares de juicio oral. Estos juzgados serán dirigidos por los jueces de control, entre cuyas funciones se encuentra garantizar los derechos humanos de las víctimas.

La procuraduría se transforma en Fiscalía General de Justicia Militar, que encabezará la institución del Ministerio Público, responsable de la investigación y persecución de los probables hechos constitutivos de delito de la competencia de los tribunales militares.

Además, con la extinción de la procuraduría se suprime su función de consejero jurídico de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Se transforma el Cuerpo de Defensores en Defensoría de Oficio Militar, con el propósito de garantizar la obligación del Estado de proporcionar una defensa técnica de calidad a los imputados por delitos de la competencia del fuero militar.

Se crea la coordinación de servicios periciales y ciencias forenses con el objetivo de otorgar servicios periciales tanto al Ministerio Público como a la defensa, materializando el principio constitucional de igualdad de las partes, delimitándose los deberes a cargo de los peritos militares; con ello se cumple además con el derecho a recibir asistencia.

Por lo que corresponde a la expedición del Código Militar de Procedimientos Penales, se trata de una nueva legislación que viene a incorporarse al derecho positivo mexicano, en la especialización de materia penal en la jurisdicción militar.

Se instituye que será objeto de dicho cuerpo normativo fijar las reglas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, que se repare el daño y, mediante la ejemplaridad de la pena, prevenir que se vuelva a cometer, contribuyendo a la protección de la disciplina militar, asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos.