Martes 29 de marzo de 2016, p. 10
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa para regular la propaganda gubernamental, con el propósito de evitar que los funcionarios públicos promocionen su imagen y definir que la Secretaría de Gobernación administre los tiempos en radio y televisión. Además, para que la Auditoría Superior de la Federación fiscalice la difusión.
Se trata de una iniciativa para reglamentar el artículo 134 constitucional, la cual, explicó el diputado Omar Ortega (PRD), pretende superar el vacío jurídico en la vigilancia y fiscalización de los gastos de propaganda oficial, que no se lleva a cabo porque sigue pendiente el sistema nacional anticorrupción.
Indicó que se busca regular, fiscalizar y vigilar la asignación, distribución, contratación y contenidos de la comunicación gubernamental que realicen dependencias y entidades públicas de los tres órdenes de gobierno en prensa escrita, televisión, radio, salas de exhibición de cine e infraestructura en la vía pública
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Dijo que la ASF requiere un sistema de fiscalización para vigilar el destino de los recursos que de manera directa o indirecta gasten los gobiernos en publicidad.
Restricciones
Además pretende definir restricciones para que no se incluya la imagen, nombre, cargo, voz o símbolo de los servidores públicos; las características personales o logros de sus actividades; mensajes partidistas; uso de colores patrios; comunicaciones que inviten a la violencia, a la violencia de género, a la vulneración de los derechos humanos y a la discriminación, o que pretendan influir en las preferencias electorales o denigrar a las personas.
La iniciativa propone un límite al gasto anual en propaganda gubernamental no mayor a 0.03 por ciento del gasto corriente aprobado en el presupuesto federal o local, y prevé integrar un padrón nacional de prestadores de servicios de publicidad y comunicación de carácter público.
El legislador perredista manifestó que debe considerarse toda la información relacionada con la publicidad oficial como pública, y que no se le clasifique como reservada o confidencial. Incluye un capítulo para dotar de facultades adicionales al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en la aplicación de sanciones a los servidores públicos que violen sus obligaciones en ese rubro.