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Expertos consideran el modelo poco funcional y que no reducirá la impunidad

Diputados modificaron 55% de la minuta anticorrupción del Senado

Se adicionaron definiciones como la de asociación público privada y transparencia proactiva

 
Periódico La Jornada
Miércoles 24 de febrero de 2016, p. 13

El presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados, Rogerio Castro, anunció que está listo el anteproyecto para elaborar el dictamen final de la reforma anticorrupción que deberá procesarse durante el presente periodo ordinario de sesiones.

La minuta del Senado se modificaría en 49 de los 89 artículos en total de que consta. En el texto se adicionaron definiciones como acto de corrupción, asociación público privada, transparencia proactiva, entre otras.

Por lo que toca adicionar la definición de asociación público privada, se indica la obligación de éstas para transparentar toda la información relativa a sus objetivos, facultades, atribuciones, remuneraciones, funciones y objeto social.

También entre las modificaciones se precisa que no podrá clasificarse como reservada la información que esté relacionada con actos de corrupción de acuerdo con las leyes aplicables, y a fin de armonizarse con el artículo 115 de la ley general.

Para los abogados Sergio Sáenz Huajuca, Alberto Guerrero Rojas y Marco de la Garza, especialistas en materia constitucional, administrativa y penal, advirtieron que el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) será en los hechos poco funcional y no reducirá la impunidad, debido a que sólo aplicará para conductas graves que formarán parte de un catálogo limitado de conductas ligadas a actos de corrupción.

Explicaron que la reforma constitucional que crea el SNA implica la creación de un comité coordinador, un consejo nacional para la ética pública y un comité de participación ciudadana, los cuales se coordinarán entre sí para fungir como coadyuvantes del próximo fiscal anticorrupción y de los magistrados del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA).

El pasado 27 de mayo, el presidente Enrique Peña Nieto promulgó la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción que impone el plazo de un año para que se expidan, mediante una ley de carácter general, las bases de coordinación del SNA, y prevé además que en los seis meses siguientes a que quede lista dicha norma jurídica general se expidan todas las leyes reglamentarias de la reforma.

Los abogados entrevistados, profesores de varias universidades privadas, coincidieron en que fue un grave error del Congreso y del titular del Ejecutivo federal (el primero la aprobó y el segundo la promulgó), haber cedido a las presiones de los integrantes de los Poderes Judiciales (estatales y federal), quienes quedaron fuera de los alcances del SNA, quienes sólo podrán ser sancionados ante actos de corrupción por los consejos de la judicatura de cada entidad y/o de la Federación.