El ejercicio incluye los derechos de uso de la terminal de carga, determina juez federal
Miércoles 27 de enero de 2016, p. 15
El juez federal Horacio Ruiz, rector del concurso mercantil de Compañía Mexicana de Aviación (declarada en quiebra), anunció que el próximo 11 de febrero se efectuará la subasta sobre los derechos de uso del salón ejecutivo internacional, de la terminal de carga y del edificio de servicios de la compañía, localizados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
En agosto pasado, el juez había autorizado al síndico de la quiebra de Mexicana otra subasta de los bienes de la aerolínea, entre ellos los que tiene en garantía Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA).
Avaló también enajenación de bienes y su ejecución en primera etapa, propuesta por el síndico Alfonso Ascencio Triujeque, con acuerdo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
El procedimiento especial de venta se ejecutará en dos etapas, la primera sobre bienes sin restricción, como los derechos de uso del edificio de servicios y de la terminal de carga de Mexicana, junto con el mobiliario y equipo de oficina, equipamiento e instalaciones especiales, en el AICM.
En esta etapa se incluyen los derechos de uso sobre los salones ejecutivos nacional e internacional, junto con el mobiliario, y el acervo de marca y de derechos de autor de Mexicana de Aviación SA de CV.
En la segunda fase, la subasta se efectuará sobre los bienes que posee en garantía ASA y que sería la beneficiaria de los ingresos de la posible compraventa.
En este caso se trata de la subasta pública de partes, componentes, consumibles y rotables (refacciones), que constituyen la garantía prendaria por el crédito reconocido en el concurso mercantil.
Se incluye el remate del Centro de Adiestramiento Técnico, con su inmueble, simuladores, mobiliario, sistemas visuales, cesión de permisos y certificaciones, ante la Dirección General de Aeronáutica Civil, de la SCT.
El artículo 243 de la Ley de Concursos Mercantiles faculta al síndico de Mexicana de Aviación para proponer un procedimiento especial de venta de los bienes que integran su activo; sin embargo, ello requiere el previo acuerdo de la autoridad concedente.