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El Tribunal de lo Contencioso Administrativo y un juzgado desecharon dos recursos en contra

Fallan en favor del GDF sobre el corredor Chapultepec
 
Periódico La Jornada
Viernes 22 de enero de 2016, p. 32

Luego de que las autoridades capitalinas cancelaron el proyecto del corredor cultural Chapultepec-Zona Rosa, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) y un juzgado de distrito resolvieron dos asuntos en favor del gobierno capitalino al desechar impugnaciones a esa obra que se realizaría en la delegación Cuauhtémoc.

En el primer caso se trató de una acción pública que promovió María de Lourdes Casas Carreto y otros, sobre todo comerciantes de esa demarcación territorial, en contra del director de la Agencia de Promoción de Inversiones y Desarrollo para la Ciudad de México (Procdmx), Simón Levy, por la publicación que hizo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de la presentación y construcción del mencionado proyecto.

Los afectados exigieron en su recurso de queja la nulidad de dicho documento, pues alegaron que no sólo transgredía y privaba del derecho a la participación democrática, a la cultura y a la conservación del patrimonio cultural, sino además ese funcionario no tenía las facultades y atribuciones legales para publicarlo, lo que daba como resultado la violación flagrante al debido proceso.

La resolución de la tercera sala del TCADF destacó que el informe publicado por Procdmx no constituía un acto administrativo o de autoridad, y que debido a la figura jurídica de esta agencia, sí tenía facultades para emitir dicho documento, por lo que consideró infundados los argumentos de los demandantes.

Por lo que hace al segundo caso, un grupo de comerciantes integrados en la organización Locatarios del Mercado 840 promovieron un juicio de amparo, con el argumento de que de haberse concretado el mencionado corredor les afectaría en su actividad económica, y que no era cultural, sino netamente comercial.

El juzgado decimosexto de distrito en materia administrativa en esta ciudad, después de analizar los argumentos expuestos por los afectados, emitió una resolución –la cual fue notificada a Procdmx esta semana– en el sentido de no otorgar la protección de la justicia federal al considerar que no hubo afectación a los derechos o garantías individuales de los promoventes de ese recurso.

Incluso, en este fallo ya transcurrieron los 15 días que tenían los quejosos para impugnar y quedó en firme la resolución.