Por ahora no hay restricción legal para la aparición de funcionarios
Miércoles 25 de noviembre de 2015, p. 14
En los últimos años, las violaciones al modelo de comunicación política que han sido denunciadas por generar desigualdad en las condiciones de la contienda han sido principalmente por transgresiones al artículo 134 constitucional, que regula la aparición de los funcionarios públicos en la publicidad gubernamental.
Sólo en algunos casos se ha denunciado y sancionado a partidos políticos por irregularidades en su pauta con la presencia de personajes políticos, sostuvo la consejera del Instituto Nacional Electoral Pamela San Martín.
Entrevistado en torno a la polémica que se ha desatado por la presencia de Andrés Manuel López Obrador en los espots de Morena y los posibles cambios legales para impedirlo, dijo que si se hace la revisión de las denuncias presentadas sobre mensajes que impacten en la equidad de la contienda, se concluye que el incumplimiento del artículo 134 constitucional ha sido una de las quejas recurrentes.
Es decir, el uso de recursos públicos por funcionarios para promover aspiraciones personales contrarias a la Constitución, no por la aspiración en sí misma
, dijo San Martín.
Enfatizó en que por ahora no hay restricciones para la aparición de personajes en los espots, sino que, en su caso, por el tipo de mensaje que se envía y el periodo en que se realiza. Recordó que ha habido sanciones porque algunos políticos, como el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, apareció en un promocional ya en campaña política, cuando está restringida la participación de funcionarios públicos.
A pregunta expresa, la consejera dijo que por ahora no han recibido denuncia alguna contra el nuevo dirigente de Morena por participación en espots del partido.
Sin embargo, la revisión (como solicita el PRI) tendría que ser completa y partiendo de las distintas conductas que pueden afectar las condiciones de competencia, no solamente en uno de los mecanismos que inciden, viendo incluso de dónde surgen esos espacios de desigualdad.
Precisó que, en su caso, lo que el INE puede definir son restricciones en función de las que se desprenden de la legislación en sí misma en torno al tema de la aparición de determinadas figuras en la pauta de los partidos. Mencionó que han recibido varios casos, y se ha sancionado en función del contexto en que aparecen, no en su inclusión, pues anteriormente estos personajes eran incorporados en los programas de cinco minutos que antes tenían los partidos políticos.