Los recursos fueron impugnados por autoridades y la empresa
Martes 27 de octubre de 2015, p. 33
Organizaciones ecologistas y de defensa de derechos humanos confían en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantice los derechos a la consulta, al territorio, al medio ambiente sano y el desarrollo de los pueblos indígenas ante megaproyectos que los afectan, señalaron al confirmar los amparos que la justicia federal otorgó a autoridades tradicionales de comunidades mayas, cooperativas mieleras de Campeche y asociaciones de apicultores de Yucatán contra el permiso de siembra comercial de soya transgénica otorgado a la empresa Monsanto.
Agrupaciones como los centros de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y Mexicano de Derecho Ambiental, el Colectivo Apícola Chenero y la campaña nacional Sin Maíz No Hay País, entre otras, recordaron que más de 62 mil personas y organizaciones han manifestado su apoyo a las comunidades mayas afectadas, con un documento en el portal change.org.
En un pronunciamiento conjunto, las organizaciones señalaron que este miércoles los integrantes de la segunda sala de la SCJN decidirán sobre los amparos en revisión otorgados a los peticionarios contra la siembra de soya transgénica.
Se violan derechos de apicultores y comunidades mayas
En 2012, los apicultores y las comunidades mayas consideraron que el aval para liberar soya transgénica –otorgado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación– vulnera sus derechos a la consulta libre, previa, informada y culturalmente adecuada y al medio ambiente sano y hace caso omiso al principio precautorio. Estos argumentos les fueron reconocidos por jueces federales mediante sentencias emitidas en 2014.
Estos resolutivos judiciales fueron impugnados por las autoridades federales y por Monsanto, por lo que el caso llegó a la SCJN. Las ONG que suscribieron el pronunciamiento consideran que la siembra de esos productos altera y destruye la forma de ser y estar del pueblo maya, siendo que su identidad cultural se encuentra tutelada por la Constitución y el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, en razón del principio de pluriculturalidad, bajo el cual el Estado mexicano tiene prohibido tomar cualquier acción que pueda conducir o comprometer la vida y el florecimiento de los pueblos originarios del país
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Por ello confiaron en que la Corte confirme los amparos otorgados a los mayas y los apicultores y, en consecuencia, declare infundados los recursos interpuestos por las autoridades y Monsanto, de manera que se lleve a cabo un control de constitucionalidad de los actos reclamados y resulte la protección más favorable para las comunidades mayas, garantizando el principio de pluriculturalidad
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