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Las obras, relevantes por el impacto ambiental: Inai

Ordenan a la CFE publicar estudios técnicos de presas en río Usumacinta
 
Periódico La Jornada
Viernes 10 de julio de 2015, p. 16

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) deberá hacer públicos los 12 estudios técnicos que elaboró, relacionados con la construcción de presas en el río Usumacinta, toda vez que, contra los argumentos de la empresa, esta información no puede ser reservada, entre otros aspectos por la relevancia que estas obras tienen en el impacto ambiental, según ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Al resolver una solicitud de información que pretendía acceder al soporte técnico que permitirán la realización de proyectos hidroeléctricos en el río Usumacinta, la CFE también argumentó que entregar la información era inviable porque se trataba de material utilizado para un proceso deliberativo y adoptar decisiones. Sin embargo, el Inai corroboró que en los 12 casos se trata de estudios ya concluidos, por lo que apelar a esta causal de reserva era improcedente.

De igual forma se desestimó el posible impacto negativo en la competitividad de la CFE que argumentaba el sujeto obligado, toda vez que para este efecto la empresa no actuaba como cualquier particular, sino que lo hacía en su calidad de empresa productiva del Estado y, por tanto, no implicaba ninguna afectación a la competitividad.

La CFE argumentó que difundir la información permitiría a sus competidores conocer los estudios sin realizar inversión alguna, situación que complicaría el cumplimiento de objetivos para obtener valor económico y rentabilidad para el Estado mexicano. Asimismo, apeló a que se trata de un proyecto en colaboración con el gobierno de Guatemala, lo que tampoco fue procedente, porque en los instrumentos legales de cooperación internacional no se alude a la reserva de la información.

Sin embargo, uno de los argumentos centrales del Inai para ordenar la apertura de la información es el posible impacto negativo en el medio ambiente que podría derivarse de la realización de las obras. Las disposiciones constitucionales obligan al Estado mexicano a garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar social. De igual modo, existen otras disposiciones en los tratados internacionales que obligan al cumplimiento de obligaciones ambientales.