Improcedente, una valuación comercial
Viernes 10 de julio de 2015, p. 40
La Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal rechazó que se haya falseado información para fijar el pago de la expropiación de tierras en Culhuacán, que data de 1938, al hacerlo con base en la actualización del monto adeudado, pues no procede una valuación comercial
, como demandan los ejidatarios afectados.
Jesús Rodríguez, director general de servicios legales, explicó que corresponderá al juzgado décimo en materia administrativa determinar si los 776 mil 563.81 pesos que se entregaron en abril pasado al Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (Fifonafe) es la cantidad correcta o variará uno o dos puntos.
Consideró que difícilmente saltará a centenas o millones de pesos, de acuerdo con la experiencia y lo que dice la norma
, y se ubicará en 100 millones de pesos, que estiman los ejidatarios que les corresponde, aunque al no estar de acuerdo con la resolución del juez, ambas partes podemos acudir a un tribunal colegiado
.
El funcionario reconoció en entrevista que el Banco de México y el Instituto Nacional de Geografía y Estadística informaron a la consejería que no contaban con un indicador para actualizar los 8 mil 457.54 pesos adeudados por la expropiación de tierras, donde se construyó una estación de la línea 12 del Metro.
Sin embargo, José Sánchez, coordinador estatal sur de la dirección regional del Inegi, nos entregó una tabla del Índice Nacional de Precios al Consumidor de esa fecha, que fue notariada, y se la dimos a nuestro perito, para hacer los cálculos respectivos y emitir el cheque
, indicó.
Los oficios con las respuestas de ambas instituciones y la tabla entregada junto con la fe notarial fueron llevadas al juzgado, que determinará si procede el monto estimado por el perito valuador, ingeniero Mario Olivera Hernández.
Hoy, puntualizó, los ejidatarios deben atender lo estipulado en el decreto que firmó el presidente Lázaro Cárdenas, que la cantidad que resulte de la expropiación será de forma indefectible para obras en beneficio de la comunidad, no para una persona con nombre y apellido
.
Así que el Fifonafe determinará qué, cuáles y dónde se realizarán esas obras, pues el decreto nunca fue impugnado, quedando firme, con un pago de 8 mil 457.54 pesos a actualizar, sin proceder en ningún caso una valuación comercial, informó.