Reforma aprobada impone hasta 35 años de cárcel; quienes causen daños serán vetados
Miércoles 1º de julio de 2015, p. 30
El Congreso de Guanajuato reformó el Código Penal para castigar hasta con 35 años de cárcel a quien lesione o cometa homicidio durante una competencia deportiva o un espectáculo público.
El nuevo artículo 153 tipifica como delitos calificados –que no permiten libertad bajo fianza– las lesiones y el homicidio cometidos durante un acto masivo.
En cuanto al delito de daños, el artículo 210 estipula que se castigará con pena de uno a cinco años de prisión y se impondrá la prohibición de acudir a eventos con fines de espectáculo público hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión
.
El objetivo de la enmienda es atender desde el derecho penal los hechos de violencia que se suscitan en espectáculos públicos y que atentan contra la seguridad de las personas, su vida, su integridad física y su patrimonio
, señala el dictamen aprobado por el pleno del Poder Legislativo.
En partidos de futbol, sujetos que no se adaptan a la naturaleza lúdica y de esparcimiento cometen actos delictivos antes, durante y con posterioridad al encuentro, o incitan a otros a cometerlos, ocasionando daños a terceros, lesiones de diversos tipos e inclusive homicidios
, sostuvo en tribuna el diputado panista Alfonso Ruiz Chico.
La reforma conserva las figuras básicas de homicidio, lesiones y daños, pero considera agravante que estos ilícitos se cometan antes, durante o después de un encuentro deportivo o un concierto, explicó.
Los legisladores también aprobaron reformar la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios para aumentar el periodo de descanso de las madres cuando tengan un parto prematuro. Así, el descanso previo al alumbramiento se acumulará al posterior, hasta completar 90 días.
En tanto, el gobernador del estado de México, Eruviel Ávila, propuso al Congreso local reformas la Ley de Espectáculos Públicos de la entidad a fin de contrarrestar la proliferación de publicidad irregular en bardas, equipamiento urbano o fachadas, lo que genera contaminación visual, según la iniciativa.
La enmienda prevé multas hasta de 2 mil días de salario mínimo a quienes violen la norma.