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Niega que se haya vulnerado acuerdo de no crear más gravámenes

Rechaza el SAT que el IVA a comida rápida sea un nuevo impuesto
 
Periódico La Jornada
Viernes 26 de junio de 2015, p. 29

La aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) en alimentos preparados que se comercializan en diversos establecimientos, como las tiendas de conveniencia, generó tanto críticas como beneplácito entre dirigentes empresariales. A las primeras respondió de inmediato el Sistema de Administración Tributaria (SAT), al afirmar que el IVA se aplica en dichos productos desde hace 15 años, y rechazar que se vulnere el Acuerdo de Certidumbre Tributaria con el que el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto se comprometió desde febrero de 2014 a no crear nuevos impuestos ni modificar los existentes.

El presidente de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), Manuel Herrera, cuestionó la medida al sostener que no es un momento adecuado para aplicarla, porque el sector atraviesa por una desaceleración económica y se afectará el consumo interno. Recordó que el gobierno federal se comprometió a no imponer más gravámentes en lo que resta del sexenio mediante lo que llamó pacto de estabilidad fiscal.

En contraste, el dirigente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), Rodrigo Alpízar, elogió la aplicación del IVA en alimentos preparados, al calificarla como una medida democrática en tanto que gravar los alimentos, como un impuesto directo, amplía la base de contribuyentes porque todos los consumen y pocos pueden escapar de pagarlos. También descartó que las autoridades puedan utilizar criterios similares para gravar más productos con otros impuestos ya existentes.

Los alimentos a los que debe aplicarse el IVA son sándwiches, empararedados, tortas, chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs, gorditas, quesadillas, tacos, flautas, sincronizadas, gringas, burritos, rollos, wraps, croissantes o cuernitos, bakes, empanadas, volocanes, pizzas, guisos, discadas, hotdogs, banderilas, hotcakes, alitas, molletes, hamburguesas, sushi, tamales, sopas instantáneas, bocadillos o snacks y nachos, según el SAT.

Nosotros hemos insistido mucho que en este momento sería un golpe muy fuerte para la industria generar más impuestos y existe un pacto de estabilidad fiscal que no debería permitir esto, señaló Herrera.

Añadió que en Concamin no estamos ni estaremos de acuerdo con nuevos impuestos.

Según el SAT, se detectó que algunos establecimientos no estaban aplicando dicho impuesto, con lo que afectaban a las tiendas donde si lo cobraban afectando así a los consumidores, por lo que publicó la regla mencionada para describri cuáles alimentos deben ser gravados con el IVA.