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La sala superior pide proceso sancionador para que el partido pueda defenderse

Decide el TEPJF que el INE resuelva la petición de cancelar registro al PVEM

Solicitaron 139 mil 432 ciudadanos la cancelación por graves y reiteradas violaciones a la ley

 
Periódico La Jornada
Jueves 28 de mayo de 2015, p. 7

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ayer que el escrito en que un grupo de ciudadanos solicita la pérdida y/o cancelación del registro al PVEM sea desahogado por el Instituto Nacional Electoral (INE) mediante un procedimiento especial sancionador, con la finalidad de que el partido denunciado pueda defenderse.

En total suman 139 mil 432 los ciudadanos que firman la solicitud, debido a la magnitud de las presuntas violaciones a la ley graves, sistemáticas y reiteradas del PVEM.

Los magistrados dijeron que no se trata de una denuncia, sino de un derecho de petición, por lo que debe ser desahogado en un procedimiento incluido en la ley electoral. Así también se respetará el derecho de audiencia del PVEM y se darán a ambas partes las garantías del debido proceso.

No es a capricho de la autoridad; la autoridad, por ese principio de legalidad y de constitucionalidad, se tiene que someter a todo un procedimiento para poder llegar a la conclusión (de un eventual retiro del registro a un partido), dijo el magistrado ponente del caso, Flavio Galván.

Pedro Esteban Penagos dijo que es relevante reconocer el derecho legítimo de los ciudadanos a solicitar la nulidad o la cancelación de un registro partidista, y ahora corresponderá al INE iniciar el procedimiento.

Manuel González Oropeza sostuvo que es obligación de la autoridad investigar las presuntas faltas graves, pero no a la luz de un procedimiento sumario.

La magistrada María del Carmen Alanís señaló que no prejuzga de fondo el asunto; sin embargo, subrayó, es fundamental que el proceso se inicie con respeto irrestricto al debido proceso, porque sólo así se garantizará que la decisión que se adopte sea válida y constitucionalmente legítima.

Con esta decisión se confirmó el criterio de la Unidad técnica de lo contencioso electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE, la cual determinó que el asunto se desahogara mediante un procedimiento especial sancionador.

En otro tema, el TEPJF ordenó a la sala regional especializada individualizar (volver a calcular) una multa al PVEM por 11.4 millones de pesos, impuesta por violar preceptos constitucionales en el modelo de comunicación política.

El PVEM interpuso un recurso de revisión del procedimiento sancionador con el propósito de impugnar la sentencia relativa a la quita de 50 por ciento de su financiamiento ordinario.

Este partido fue sancionado por la difusión en televisión de los mensajes de Gabriela Medrano Galindo, diputada federal, por presuntos actos anticipados de campaña mediante los promocionales El Verde sí cumple.

Sin discusión, los magistrados de la sala superior dieron la razón al PVEM. La ponencia propone declarar fundados los motivos de inconformidad, porque de la resolución impugnada se advierte que el estudio realizado por la responsable (sala regional especializada) se aleja de la adecuada individualización de la sanción al caso particular, al incumplir los parámetros de idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad y, por ende, de los principios de igualdad y equidad perseguidos por el derecho disciplinario.

El proyecto de resolución fue elaborado por el presidente del TEPJF, Constancio Carrasco.