Opinión
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Paridad de género embaucada
U

na de las principales novedades del actual proceso electoral es la paridad de género. Fue uno de los anuncios rimbombantes de la última reforma electoral. Es más, la paridad de género procedió a propuesta de la Presidencia, es decir, de Enrique Peña Nieto, a solicitud de diversos grupos y colectivos de mujeres. Sin embargo, en muchas entidades la igualdad de oportunidades políticas para las mujeres ha resultado una triste charada. Predomina en los partidos políticos la vieja lógica de cuotas, clientelismos y hasta chantaje. Las mujeres frente a un legítimo derecho, no han logrado librar los impedimentos que le ponen los hombres para su libre y plena participación política, por lo que en las elecciones del 7 de junio se verán menguadas las nominadas como candidatas a presidentas municipales, al persistir la discriminación contra ellas en muchos de los partidos.

En la última reforma electoral, en el artículo 41 constitucional se incorporó la obligación de los partidos políticos de garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. Por tanto, cada uno de los partidos políticos deberá integrar las listas de sus candidaturas a legisladores locales y federales, tanto de mayoría como de representación proporcional, de manera paritaria, es decir, con 50 por ciento de candidaturas de mujeres y 50 de hombres. Si bien dicho artículo no refiere de manera explícita la paridad en ayuntamientos, existen diversas resoluciones respecto de los derechos humanos que mandatan la presencia de las mujeres en las candidaturas para las presidencias municipales. Esto es fundamental porque ahí reside el mayor déficit de representación femenina. En los últimos 20 años se ha pasado de 4.5 a 6.8 por ciento de presidentas municipales. Martha Tagle con ironía señala que debemos esperar en México cerca de 200 años para alcanzar la mitad de representación de mujeres en los ayuntamientos.

Lo ideal sería que no existiera el mandato del artículo 41 constitucional sobre paridad porque no fuera necesario. Sin embargo, pese a existir no se respeta a cabalidad. Recordemos brevemente el tortuoso camino de la mujer en la política mexicana. Y es indispensable recordar que apenas en octubre de 1953 a la mujer le fue reconocido el derecho de votar y ser votada. En las últimas décadas México ha añadido normas, tanto en el ámbito federal como en el estatal, destinadas a acrecentar el derecho de las mujeres a competir en los procesos electorales. En 1996 el entonces Cofipe exhortaba a los partidos políticos a promover una mayor participación de las mujeres. La reforma electoral de 2002 determinó un proceso de cuotas que obligaba a los partidos a una proporción 30-70 por ciento de candidaturas para hombres y mujeres. Luego, en 2008, se decreta un mayor porcentaje de candidaturas, de 40-60, hasta llegar a la reforma más reciente, que establece una paridad absoluta.

En este momento, hay muchas entidades donde no se reconoce la paridad de género horizontal y se aplica la vertical, es decir la sumatoria final, como en Michoacán, Tabasco, Jalisco y el estado de México, entre otras. Los tribunales electorales no han actuado con criterios homogéneos y sus resoluciones han sido dispares. Mientras han dado su fallo a favor de la paridad integral como en Baja California Sur, Morelos y Querétaro, en el estado de México la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en Toluca resolvió no entrar en materia y desechó la impugnación a los lineamientos para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular para el proceso electoral 2014-2015, por falta de interés jurídico, es decir, se lavó las manos y no entró al fondo del asunto.

El movimiento Red de Mujeres en Plural, conformado por alrededor de 119 destacadas mujeres, ha expresado su preocupación por la prevalencia de vicios y propensiones tradicionalistas en los partidos políticos que impide el ejercicio pleno de las mujeres en sus derechos político-electorales de cara a los comicios del 7 de junio. Una delegación de esta asociación se reunió ayer con el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Constancio Carrasco Daza, para reforzar argumentos a favor de la paridad horizontal en ayuntamientos como los de Nuevo León, Sonora y el estado de México, cuya resolución está pendiente. Los tiempos son el obstáculo mayor. Bajo esta limitante el Consejo General del INE no decidió ejercer su facultad de atracción, por el cúmulo de quejas y casos de incumplimiento o simulación de partidos, e incluso de consejeros electorales de diversos Oples, respecto de la norma de equidad.

Con enojo, la periodista mexiquense Diana Mancilla reprocha a los partidos locales: El caso de la equidad de género en los comicios locales del estado de México, donde finalmente los partidos políticos escupieron para arriba y acomodaron la ley a su antojo, por eso no habrá paridad horizontal en las candidaturas para las alcaldías y todo quedará en un obsceno 80-20 con posiciones alternadas para las mujeres ( Milenio Estado de México, 21/4/15).

Los partidos y la clase política se complacen con inflamados discursos sobre la igualdad de la mujer en la sociedad y en la política. Pero en la práctica predomina la misoginia. Las cuotas de género por ahora son necesarias para dar certeza constitucional, en una sociedad discriminatoria, que pese a tener políticas públicas que procuran impedir la desigualdad, requiere aplicarlas con vigor. El Estado tiene la obligación de velar por la equidad de oportunidades y desarrollo de las mujeres, porque son parte central de los derechos humanos modernos.

Nuevamente está planteada una de muchas paradojas electorales. ¿Qué sentido tiene para los partidos promulgar una ley cuando ellos mismos le dan la vuelta, simulan y buscan cómo trampearla? Pero no seamos ingenuos, sabemos que ya no hay principios, sólo intereses.