Jueves 5 de febrero de 2015, p. 8
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinará si considera víctimas a los familiares de personas fallecidas en actos en los que se cometieron graves violaciones a los derechos humanos y si están legitimados para tener acceso a la averiguación previa correspondiente.
En septiembre pasado la misma sala atrajo un amparo en revisión, en el cual la Procuraduría General de la República (PGR) se negó a entregar información a la Asociación Civil Fundación para la Libertad y el Estado Democrático de Derecho sobre los restos humanos no identificados que correspondían a los 72 migrantes enterrados en 49 fosas clandestinas, hallados en agosto de 2010 en San Fernando, Tamaulipas, además de los cuerpos encontrados en Cadereyta, Nuevo León, en mayo de 2012.
Ante la negativa de la procuraduría de entregar la información solicitada, con el argumento de que las investigaciones estaban en curso, la asociación civil interpuso un amparo.
El juez octavo de distrito en materia administrativa, Fernando Silva García, ordenó a la dependencia entregar una versión pública de las pesquisas, al considerar que cuando existen violaciones graves a los derechos humanos, éstas afectan a toda la colectividad, por lo que debe operar una excepción a la restricción de información de las averiguaciones previas
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Se espera que la SCJN fije criterios acerca del acceso a la información contenida en las averiguaciones previas en curso, cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos; quiénes deben ser considerados víctimas y, con base en ello, si tienen derecho al acceso a las averiguaciones previas.
El interés legítimo que tienen las asociaciones civiles para acudir al juicio de amparo en estos casos será otro de los puntos que deberá decidir.
Ayer, la primera sala de la Corte decidió resolver la demanda de Bertilda Parada de Osorio y Alma Yessenia Realegeño, originarias de El Salvador, así como de los familiares de dos personas halladas en fosas clandestinas, las cuales son apoyadas por la Fundación para la Libertad y el Estado Democrático de Derecho.
Inicialmente, el juez de distrito Fernando Silva señaló que la asociación civil no estaba legitimada para comparecer en el juicio, aunque le concedió un amparo para que la PGR analizara el potencial carácter de víctimas de las familiares
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Sin embargo, la dependencia que encabeza Jesús Murillo Karam se inconformó y presentó un recurso de revisión, el cual fue atraído por la primera sala.