Miércoles 28 de enero de 2015, p. 18
En caso de ser despedidos, los trabajadores del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no tienen opción de defender sus derechos laborales por la vía del amparo. Así lo resolvió ayer el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al validar el artículo 100 de la Constitución, que establece que las decisiones del CJF son definitivas e inatacables. Al resolver la demanda presentada por Julieta Jiménez Gutiérrez, en contra de una decisión del consejo, los ministros de la minoría lamentaron la resolución, al considerar que todos los actos de autoridad
deben ser sujetos de control constitucional. José Ramón Cossío, quien votó en contra del dictamen junto con Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar, se pronunció a favor de la procedencia de la demanda. En el caso concreto, se trata nada menos que de derechos laborales; son personas que acudieron a un litigio
que se quejan por una decisión del CJF.