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Acoso y abuso sexual ya no alcanzan libertad bajo fianza

En cuatro años ocurrieron en Guanajuato 2 mil 382 violaciones
Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 26 de diciembre de 2014, p. 29

León, Gto.

En Guanajuato se cometieron 2 mil 382 violaciones sexuales en los pasados cuatro años. Este delito afecta principalmente a las mujeres y la sanción es de ocho a 15 años de prisión. La pena se incrementó en 50 por ciento si el delito es cometido por un ministro religioso –pasará de 12 a 22.5 años de cárcel–, según las modificaciones realizadas recientemente por los legisladores.

De acuerdo con la incidencia delictiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), que se basa en el número de averiguaciones previas recibidas entre 2010 y octubre de 2014, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) integró en ese lapso 3 mil 919 denuncias de ambos delitos: hubo 2 mil 382 por violación y mil 537 asesinatos con arma de fuego. Las agresiones sexuales representaron 60 por ciento de ese global, mientras el segundo delito representó 40 por ciento.

Durante 2010 se integraron 399 investigaciones por violación y 247 por asesinatos con arma de fuego. Hubo 776 por delitos sexuales: 50 por estupro (tener sexo con menor de 16 años).

En 2011 el delito de violación rebasó al homicidio con arma de fuego en 49 por ciento. El Ministerio Público integró 387 averiguaciones por la imposición de coito y 259 investigaciones por asesinatos con arma de fuego.

Durante 2012, la violación sobrepasó en 52 por ciento los asesinatos cometidos con arma de fuego. La PGJE integró 429 averiguaciones por violación, contra 281 homicidios de ese tipo. De 791 delitos sexuales que se reportaron, 54 fueron por estupro.

Para 2013 hubo 605 violacioens y 403 asesinatos con arma de fuego, se reportaron mil 97 delitos sexuales.

De enero a octubre de 2014, el SNSP reportó 562 denuncias por la imposición del acto sexual y 347 por asesinatos con armas de fuego. Los casos de violación rebasaron en 61 por ciento a los homicidios. Se reportaron mil 162 delitos sexuales.

Ante la situación, el Congreso del estado incrementó las penas y clasificó como graves los delitos sexuales cuando la víctima es menor de edad y cuando la comete un ministro religioso. Los diputados integraron en la lista de delitos graves –que no alcanzan la libertad bajo fianza– el acoso sexual, el abuso sexual y la corrupción de menores.

Los artículos 181, 182 y 184 del Código Penal ahora tipifican que incurren en el delito de violación las personas que tengan relaciones sexuales con menores de 14 años. Se considera estupro cuando se tiene sexo con un menor de 16 años y la pena se incrementó de cinco a 12 años cuando la víctima es cuatro años menor que el victimario.