Sustituirá a la PGR; se confirma su carácter de órgano constitucional autónomo
Sus actuaciones estarán exentas de corrientes políticas y de la subordinación frente al Ejecutivo
Miércoles 24 de septiembre de 2014, p. 7
El presidente Enrique Peña Nieto envió ayer a la Cámara de Diputados la iniciativa de ley de la fiscalía general de la República, que sustituirá a la Procuraduría General de la República (PGR), en la cual se confirma su carácter de órgano constitucional autónomo para que sus actuaciones ‘‘estén exentas de corrientes políticas y de la subordinación directa del Ejecutivo’’.
La ley, reglamentaria de la reforma al artículo 102 de la Constitución, explica que la fiscalía dejará de representar los intereses de la Federación, porque esta función ahora será ejercida por la Consejería Jurídica de la Presidencia, para que la nueva institución se enfoque en la investigación y persecución de delitos, así como en la protección de las víctimas.
El proyecto, que fue turnado a comisiones, explica que el Ministerio Público de la Federación no perderá su atribución de ser el representante social por excelencia, y tendrá nuevas facultades, entre ellas la promoción de concursos mercantiles, acciones de extinción de dominio, colectivas o la representación de los intereses de menores de edad o personas con alguna discapacidad.
También se define que la fiscalía general deberá contar con al menos dos instancias de carácter especializado: en materia de delitos electorales y de combate a la corrupción. Ambas fiscalías sólo se mencionan como parte de la estructura orgánica de la fiscalía general.
El fiscal estará en el cargo 9 años
El fiscal durará en el cargo nueve años y será designado a propuesta del Ejecutivo con la ratificación de la Cámara de Senadores, con lo que se busca garantizar su independencia del Presidente de la República en turno, y la continuidad de las políticas públicas que defina.
En materia de persecución del delito y combate al crimen, la iniciativa detalla que el Ministerio Público será el encargado de la investigación, estará al mando de la policía, coordinará la obtención de pruebas y podrá ordenar la intervención de comunicaciones privadas, previa autorización judicial, así como la captura de personas sin orden de aprehensión, cuando se considere urgencia.
Asimismo, se resalta que la reforma constitucional para transformar a la PGR en órgano autónomo ‘‘partió de la noción consistente en que causa desconfianza en la ciudadanía el hecho de que el Ministerio Público y su titular dependan orgánicamente del Presidente de la República, pues se tiene la percepción de que ‘la procuración de justicia es usada para reprimir a los adversarios políticos y a los disidentes’’’.
De esta manera, expresa, se busca garantizar la autonomía del fiscal frente al Ejecutivo y legitimar su actuación en funciones de investigación y persecución de los delitos, ‘‘los cuales deben ejercerse con base en criterios estrictamente técnicos y no políticos’’, y en estricto apego a la ley.
La iniciativa considera fundamental que en la investigación la fiscalía otorgue prioridad a la atención de la víctima y ofendido del delito, a los que deberá brindar atención inmediata, así como de carácter médica de urgencia expedita y oportuna.
También se obliga al Ministerio Público a realizar sin demora acciones de búsqueda de personas extraviadas o desaparecidas, previa denuncia de la probable existencia de un delito; se ratifica la facultad de atracción en la investigación de delitos del fuero común, atribución ‘‘que no significa la federalización de los lícitos que se atraen, sino de una forma extraordinaria’’ de actuación.
En el caso de detención y retención de personas, define que podrán permanecer en esa calidad 48 horas –o el doble de ese plazo en casos de delincuencia organizada–, como máximo, para presentarlos ante un juez u ordenar su liberación inmediata. ‘‘Se propicia que toda detención sólo se lleve a cabo en el marco del respeto irrestricto de la ley, evitando que las actuaciones de procuración de justicia sean tachadas de vicios de inconstitucionalidad’’, explica.
En seguimiento a la reforma constitucional, la iniciativa prevé que el fiscal general podrá solicitar a la autoridad judicial la sustitución de la prisión preventiva oficiosa –que sólo se aplicará para delitos graves– por alguna otra medida cautelar para equilibrar el principio de presunción de inocencia con la necesidad de protección de los bienes jurídicos tutelados.