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Castiga la Corte el cumplimiento extemporáneo de un amparo
 
Periódico La Jornada
Martes 12 de agosto de 2014, p. 17

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el cumplimiento extemporáneo de sentencias de amparo, sin justificación, es motivo para separar del cargo al o los funcionarios responsables y de consignarlos ante un juez federal por desobediencia.

Con base en este criterio novedoso, el pleno consignó penalmente ante un juez de distrito a tres ex funcionarios del municipio de Torreón, Coahuila, Pablo Chávez Rosique, ex tesorero; Roberto Flores Zamudio y Juan Ángel Salas Rocha, ex jefe y ex empleado del catrasto municipal, respectivamente, por no acatar la sentencia dictada en el amparo 2624/2012 por el juzgado tercero de distrito en La Laguna.

Por siete votos en favor y dos en contra, los ministros señalaron que el cumplimiento a destiempo de una sentencia de amparo equivale al incumplimiento de la misma.

Con el voto en contra de Fernando Franco y Olga Sánchez Cordero (Sergio Valls y Margarita Luna Ramos no asistieron a la sesión pública de hoy), la mayoría avaló el proyecto de dictamen elaborado por Jorge Pardo Rebolledo, quien criticó a los ex empleados del municipio de Torreón –cuyas autoridades actuales no fueron sancionadas–, quienes argumentaron ante la SCJN que el ayuntamiento no contaba con presupuesto suficiente para devolver los 7 mil pesos que le debía al quejoso, por un cargo fiscal que resultó ser ilícito.