Sólo cambian expropiación
por ocupación temporal
, acusa
profundizaron el saqueoa campesinos en leyes secundarias: PRD
Domingo 3 de agosto de 2014, p. 7
Las modificaciones que los diputados de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Verde Ecologista de México (PVEM) realizaron a los dictámenes de las leyes de Hidrocarburos y de la Industria Eléctrica profundizaron el saqueo
, pues en lugar de reducir las posibilidades de que se quiten tierras a campesinos y comuneros, las aumentaron, advirtieron senadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Luis Sánchez, vicepresidente de la mesa directiva del Senado, sostuvo que la posibilidad de despojo “no desaparece de las leyes que se aprobaron, simplemente se disfraza, (pues) se utilizan eufemismos para evitar la palabra ‘expropiación’ y la cambian por ‘ocupación temporal’”.
Sánchez insistió en que la expropiación está, queda, porque así está considerada en el artículo octavo transitorio de la reforma constitucional, porque así está plasmada en los artículos 27 y 28 constitucionales y también está en la Ley de Expropiación
.
El perredista Rabindranath Salazar consideró que son modificaciones tramposas
, ya que con la nueva redacción del artículo 71 de la Ley de la Industria Eléctrica, hasta las plantas generadoras de energía –que deben ser ubicadas en un lugar estratégico– pueden ser consideradas de utilidad pública, no la actividad de manera genérica. Esto no es considerado de esta manera en el artículo 27 constitucional y el 8 transitorio del decreto de reforma a la Carta Magna.
Al hacerlo así y con la nueva redacción, se posibilita a las empresas privadas construir plantas hidroeléctricas en agravio de las comunidades, pues la ocupación o afectación temporal de las mismas se justifica al ser considerada, no por la Constitución, sino por el artículo 71 de la Ley de la Industria Eléctrica, de utilidad pública
, precisó Salazar.
A su vez, Alejandro Encinas refirió: Los senadores del PAN, PRI y Verde han destacado particularmente que se eliminó el inciso A del artículo 101 de la Ley de Hidrocarburos, donde se establecía como compromisos de contratación, como parte de la fuerza laboral del asignatario o contratista, al propietario o titular del derecho de sus familiares
.
En realidad, advirtió, “esto no desaparece, lo único que hicieron fue cambiarlo de lugar, y lo movieron al último párrafo de esa misma fracción, donde después del inciso C, señala: ‘Sin perjuicio de las modalidades de contraprestación a que se refiere esta fracción, los asignatarios o contratistas podrán proponer al propietario titular del derecho o miembros de la comunidad a la que pertenezcan, la adquisición de bienes o insumos, o los servicios fabricados, suministrados o prestados por dichas personas, cuando esto sea compatible con el proyecto”.
Encinas subrayó que “es exactamente la misma lógica de convertir a los legítimos dueños de la tierra en empleados en sus propias tierras. Ellos van a poder vender sus tortas y chescos a los trabajadores de las petroleras, a cambio de que las trasnacionales exploten y saqueen sus tierras”.
Añadió que según las modificaciones al artículo 102 de la Ley de Hidrocarburos, el pago de contraprestaciones ya no corresponderá al Estado mexicano, sino deberá realizarse directamente al Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo. Se hace una diferenciación entre las contraprestaciones que se otorgarán a los propietarios de aquellas tierras que se utilicen para la explotación de gas natural no asociado del resto de los hidrocarburos; de 0.5 a 3 por ciento en el caso de gas natural asociado y de 0.5 por ciento a no más de 2 por ciento en los demás casos
. La razón de esos cambios es muy sencilla, pues va en el sentido de que el mayor número de yacimientos de gas natural asociado se encuentra donde hay grandes propiedades privadas, particularmente en el norte del país o donde se han otorgado las concesiones mineras, que ya representan 25 por ciento del territorio nacional
.