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Autodefensas de Michoacán

El ex vocero pidió el amparo contra posibles actos de incomunicación

Le concede juez suspensión provisional limitada; no le permite salir de prisión
 
Periódico La Jornada
Jueves 3 de julio de 2014, p. 4

Un juzgado federal concedió una suspensión en vía de amparo al médico José Manuel Mireles, uno de los fundadores de las autodefensas de Michoacán, pero los efectos de esa medida de protección constitucional son muy limitados y no le permitirán obtener su libertad, informaron fuentes del Poder Judicial Federal (PJF).

Se trata de un amparo que Mireles solicitó contra posibles actos de incomunicación y privación ilegal de la libertad. El juzgado noveno de distrito, con sede en Michoacán, concedió la suspensión sólo para el efecto de que no sea movido ilegalmente del reclusorio federal de Sonora en el que se encuentra preso.

Por su parte, funcionarios de la delegación de la Procuraduría General de la República (PGR) en Michoacán, entrevistados por La Jornada, indicaron que colaboran en el desahogo de una averiguación previa abierta en la Procuraduría General de Justicia estatal por el homicidio de cinco personas, ocurrido el 27 de abril de este año.

El pasado lunes, el comisionado federal para Michoacán, Alfredo Castillo, dijo que las autoridades de la entidad tienen una fotografía en la que supuestamente se ve a Mireles sosteniendo la cabeza de una de las personas asesinadas en abril pasado.

El ex vocero de las autodefensas ha sostenido de manera pública que se trata de un montaje, y que esa fotografía se la tomaron en el momento en que apoyaba a las autoridades forenses de Michoacán en el levantamiento de los cuerpos.

El artículo 166 de la Ley de Amparo, vigente desde abril de 2013, refiere que “cuando se trate de orden de aprehensión o reaprehensión, o de medida cautelar que implique privación de la libertad, dictadas por la autoridad competente, se estará ante lo siguiente:

I. Si se trata de delitos de prisión preventiva oficiosa (tal es el caso de Mireles) a que se refiere el artículo 19 constitucional, la suspensión sólo producirá el efecto de que el quejoso quede a disposición del órgano jurisdiccional de amparo en el lugar que éste señale únicamente en lo que se refiere a su libertad, quedando a disposición de la autoridad a que corresponda conocer el procedimiento penal para los efectos de su continuación.

El próximo sábado vence el plazo de seis días naturales que tiene el juzgado quinto de distrito de Uruapan para resolver la situación jurídica del ex vocero de las autodefensas, ya sea con auto de libertad o de formal prisión.

Mireles recibió este miércoles atención médica, alimentos y fármacos especiales para atender sus problemas de diabetes, informaron fuentes del Poder Judicial Federal.