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La empresa modificó el contrato colectivo de forma unilateral

Analizará la SCJN el conflicto entre Aeroméxico y sobrecargos
 
Periódico La Jornada
Jueves 29 de mayo de 2014, p. 12

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) será la que determine si Aeroméxico puede modificar, unilateralmente, el contrato colectivo de sus trabajadores, así como la relación laboral con sus sobrecargos.

Lo anterior, luego de que la segunda sala de la Suprema Corte ejerció ayer su facultad de atracción para conocer un amparo presentado por el Sindicato de Sobrecargos de México en contra de la decisión de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje de avalar acciones de la empresa que atentan contra los derechos laborales de los trabajadores de la aerolínea.

Los trabajadores de la aerolínea se quejan de que, con el argumento de que tiene preminencia el equilibrio económico, la empresa redujo el número de recesos y descansos, así como la cantidad de sobrecargos de vuelo, en perjuicio de las condiciones laborales de los trabajadores.

Los ministros consideraron que el asunto es de trascendencia e importancia jurídica, porque permitirá a los ministros fijar criterios sobre el equilibrio que debe existir para que se dé la justicia social entre trabajadores y patrones.

La empresa argumentó que debido a dificultades financieras tenía que modificar las condiciones de trabajo de los sobrecargos. Cuestión que involucra, añadieron los ministros, hechos financieros y contables de la aerolínea, necesidades del servicio público que presta, normas oficiales expedidas por las autoridades aeronáuticas y estándares requeridos para su funcionamiento y lineamientos nacionales e internacionales que regulan la aviación civil comercial.

Todo ello para determinar si existe la necesidad real de modificar las condiciones laborales de los sobrecargos.

Consideraron los juzgadores que estos asuntos no se constriñen a razones económicas, sino que, para sortear las diferencias que surgen entre los factores de la producción (trabajadores y patrones), no es posible dejar de lado elementos relevantes, como los derechos fundamentales de los trabajadores, tal como ocurre en este caso.