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Destaca la geolocalización de celulares y las revisiones corporales

Impugnan CNDH e Ifai los aspectos preocupantes del nuevo código penal
 
Periódico La Jornada
Lunes 19 de mayo de 2014, p. 11

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) promovieron acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar lo que consideran aspectos preocupantes del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

El organismo defensor de los derechos humanos impugnó 13 artículos de la ley secundaria que regirá las investigaciones criminales y los procesos orales en todo el país, entre ellos los artículos que regularán las facultades de investigación y prevención de los delitos de las policías, así como las reglas de detención en flagrancia.

De su lado, el Ifai, que también tiene facultades para interponer acciones de inconstitucionalidad de leyes, impugnó el artículo 303 del CNPP –también cuestionado por la CNDH–, que permite la geolocalización en tiempo real de dispositivos móviles involucrados en la comisión de delitos.

La CNDH cuestionó las 14 medidas cautelares que podrán imponer los jueces a los procesados, entre ellas el embargo de bienes, prohibición de abandonar un territorio, colocación de localizador electrónico o resguardo en su propio domicilio.

Además, la CNDH impugnó la facultad del Ministerio Público para asegurar cuentas, el registro forzoso a detenidos que no cooperen, las atribuciones del juez para mantener el orden en las audiencias y las 10 actuaciones de investigación que no requerirán permiso de los jueces de control, como operaciones encubiertas, entrevistas a testigos y revisiones corporales.

El novísimo Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 5 de marzo, regula lo relativo a las medidas cautelares en el capítulo IV, título VI de su libro segundo.

De acuerdo con el artículo 155 de dicho código, A solicitud del agente del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, el juez podrá imponer al imputado una o varias de las siguientes medidas cautelares: presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe; exhibición de una garantía económica; embargo de bienes; inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero; prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez.