Viernes 16 de mayo de 2014, p. 25
El plazo para que la Secretaría de Hacienda devuelva el saldo a favor a los contribuyentes empieza a correr una vez que concluye el término fijado por las autoridades fiscales para presentar la declaración de impuestos, determinó ayer el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En votación dividida, los ministros consideraron también que el saldo a favor ocurre una vez que ha concluido el plazo para que el contribuyente presente su declaración fiscal, y no a partir de que hizo su declaración de impuestos. Al resolver una contradicción de tesis quedó en minoría el punto de vista de los ministros José Ramón Cossío Díaz, Margarita Luna Ramos y Alberto Gelacio Pérez.