La ley prohíbe impugnaciones a cambios constitucionales, arguye
Miércoles 9 de abril de 2014, p. 31
Tribunales especializados en telecomunicaciones y radiodifusión rechazaron un amparo de Televisa en contra de la reforma constitucional del sector, y admitieron otro de Televisión Azteca en contra de la obligación de entregar de forma gratuita los canales 7 y 13 a concesionarios de televisión de paga.
La juez federal Ilda Cerón desechó por notoriamente improcedente la demanda de amparo promovida por Televisa por el contenido de la reforma constitucional, ya que a decir de esa autoridad no puede admitirla porque la Ley de Amparo expresamente prohíbe este tipo de recursos para impugnar modificaciones o adiciones a la Constitución.
La empresa informó que no ha sido notificada por el juzgado sobre el rechazo de su recurso.
Una de las principales objeciones de Televisa en todo el proceso de reforma y las declaratorias de preponderancia emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) se concentra en la obligación de entregar de forma gratuita sus señales de televisión abierta en cumplimiento del must offer.
En suerte contraria a la de Televisa, una juez federal admitió la demanda de amparo presentada por Televisión Azteca para cuestionar el acuerdo del Ifetel que ordena la retransmisión gratuita de sus canales 7 y 13 por sistemas de televisión de paga que no tengan cobertura en más de 50 por ciento del territorio nacional.
La petición de amparo fue presentada la semana pasada por los abogados de Ricardo Salinas Pliego que impugnaron la inconstitucionalidad total del acuerdo, P/EXT/IFT/210214/71, que fue aprobado por el pleno del Ifetel.
En su petición de amparo Tv Azteca alega que el mencionado acuerdo viola cinco artículos constitucionales, entre ellos el primero, que prohíbe un trato discriminatorio, y el 28, que contiene reglas específicas para las concesiones que se otorga a las televisoras.
Además de la obligación de entregar sus señales de televisión abierta, Tv Azteca no ha sido sujeta a más obligaciones a pesar de ser la segunda empresa de televisión del país, ya que a decir del Ifetel la reforma constitucional sólo le ordenaba declarar un agente económico preponderante en telecomunicaciones y otro en radiodifusión, y esos fueron América Móvil y Televisa.