Sólo se podrá fumar en casas, autos y calles
Jueves 27 de marzo de 2014, p. 32
Querétaro, Qro., 26 de marzo.
La presidenta de la organización no gubernamental Salud y Género, Gisela Sánchez, exigió que se publique la ley que define los espacios libres de humo de tabaco, aprobada el 29 de enero por el Congreso local.
La nueva disposición prohíbe fumar en cualquier espacio cerrado y público, incluidos parques y jardines. Las únicas opciones para los fumadores serán sus domicilios particulares, sus vehículos o la calle, según Enrique Correa, presidente de la comisión de salud y población de la Legislatura estatal.
El dictamen, que el Ejecutivo estudia antes de publicarlo en el periódico oficial, La Sombra de Arteaga, considera espacios libres de humo de tabaco el interior de edificios públicos, empresas e industrias, servicios de hospedaje, bares, discotecas, salones y jardines para fiestas; establecimientos particulares de cualquier giro donde se brinde atención directa al público y que contengan áreas comerciales o de servicios; hospitales, clínicas, centros de salud, unidades destinadas al cuidado y atención de niños, adolescentes, personas adultas mayores y con discapacidad.
También se prohíbe fumar en transportes públicos de pasajeros, de personal, oficiales, empresariales y escolares, incluidas terminales, estaciones, paradas y otras instalaciones de mobiliario urbano.
Tampoco se permitirá fumar fuera de cualquier lugar con actividad pública donde concurran trabajadores y usuarios de servicios como bibliotecas, hemerotecas, museos, instalaciones deportivas, centros recreativos, cines, teatros, casinos, auditorios, circos, parques, jardines, alamedas, plazas cívicas, salones de clases, cafeterías, sanitarios, laboratorios y balnearios, aunque las instalaciones estén al aire libre.
Las sanciones serán multas, suspensión del servicio, arresto o clausura definitiva de establecimientos. En caso de reincidencia, la multa se duplicará y se obligará al fumador a tomar sesiones de ayuda para dejar de fumar. Si el fumador reincide se le arrestará hasta por 36 horas.
Héctor Parra, abogado constitucionalista y ex director del área de asuntos legislativos del Congreso estatal, afirmó que, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud (Ssa) federal aplicará las normas sobre control de tabaco, pero habrá confusión
, pues las normas locales son más severas que las federales y en caso de conflicto prevalecerán las últimas.
En tanto, el ayuntamiento de esta capital aprobó este miércoles reformas al reglamento para actividades comerciales en la vía pública, que prohíben a cualquier establecimiento exhibir contenido pornográfico. Las sanciones serán decomiso y clausura del establecimiento, así como multa hasta de 250 días de salario mínimo.