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Golpe a monopolios en telecomunicaciones
Emplaza Ifetel a Televisa y Telmex a cumplir medidas

Los corporativos deberán compartir infraestructura, publicidad e información a más tardar los primeros días de abril

El instituto elaborará y publicará la lista de los temas de contenidos relevantes a más tardar el 31 de mayo

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Las dos empresas televisoras declaradas agentes preponderantes están obligadas a compartir infraestructura con otros corporativosFoto María Meléndrez
 
Periódico La Jornada
Domingo 9 de marzo de 2014, p. 2

Todas las medidas que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) impuso tanto a Grupo Televisa y sus 34 empresas afiliadas, subsidiarias y filiales, como a las compañías de Carlos Slim (América Móvil-Telcel, Telmex, Teléfonos del Noroeste, Radiomóvil Dipsa, Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa) para compartir infraestructura, publicidad e información, una vez declarados preponderantes en el mercado de radiodifusión (televisión abierta) y telecomunicaciones, deberán entrar en vigor entre el 20 de marzo y la primera semana de abril, de acuerdo con documentos del organismo.

Para Televisa se determinó que la compartición de infraestructura, la prohibición de comprar en exclusiva contenidos relevantes y publicar sus tarifas y paquetes publicitarios entrarán en vigor a los 15 días naturales siguientes a su notificación, de acuerdo con uno de los artículos transitorios de la declaratoria de concentración del mercado de radiodifusión.

Debido a que el corporativo de Emilio Azcárraga informó a sus inversionistas que el viernes pasado (7 de marzo) recibió la notificación del organismo regulador, entonces se prevé que para el 22 de este mismo mes deberá poner en marcha dichas medidas.

El artículo quinto transitorio de la resolución sobre preponderacia en radiodifusión puntualiza que Televisa debe cumplir, en 10 días hábiles, con la publicación en su sitio de Internet de los diversos servicios de publicidad que ofrece en televisión radiodifundida concesionada (televisión abierta), tales como los anuncios comerciales y publicidad dentro de los programas y paquetes, incluyendo las tarifas de referencia de cada uno de ellos, los términos, condiciones de venta y modelos de los contratos aplicables a cada servicio, los planes de bonificaciones y descuentos, así como cualquier otra práctica comercial, información que también deberá entregar al instituto.

En cuanto a las empresas de Slim, catalogadas como agente económico preponderante para el mercado de las telecomunicaciones, Ifetel fijó un plazo de 30 días naturales para que apliquen las medidas que ordenó para los servicios de telecomunicaciones fijos y móviles (servicios por telefonía fija y celular).

Después de la entrada en vigor de las medidas, tendrá 40 días más para presentar una propuesta para arrendamiento de enlaces dedicados locales, de larga distancia nacional e internacional, así como una propuesta para el uso compartido de su infraestructura.

Televisa tendrá además cuatro meses de plazo (120 días naturales), después de haber sido notificada para presentar su primera oferta pública, para compartir su infraestructura con otras empresas, sujeta a la aprobación del instituto.

De no hacerlo, Ifetel sancionará a Televisa y publicará los términos y condiciones conforme a los cuales se llevará a cabo el uso compartido de infraestructura pasiva (conductos, mástiles, zanjas, torres, postes, instalaciones de equipo y de alimentaciones conexas, seguridad, equipos auxiliares, sitios, predios, espacios físicos –salvo estudios–, ductos y canalizaciones, fuentes de energía y sistemas de aire acondicionado).

Los contenidos, identificables por su alto nivel de audiencia

En cuanto a los llamados contenidos relevantes que el Ifetel prohibió adquirir de manera exclusiva a ambos corporativos, como torneos de futbol y los Juegos Olímpicos, se precisa que el instituto elaborará y publicará la lista de los temas a más tardar el 31 de mayo de 2014, y podrá ser actualizada cada dos años.

Explica que dichos contenidos son identificables por su carácter no replicable y su alto nivel esperado de audiencia regional o nacional, de acuerdo con registros históricos de actividades similares, tales como la liguilla de los torneos de futbol profesional nacional, las finales de los mundiales de futbol de la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), las competencias de los Juegos Olímpicos de verano e invierno donde participen deportistas mexicanos, las ceremonias de inauguración y clausura de estos juegos, los encuentros de las selecciones nacionales de futbol y los play offs de la liga mexicana de beisbol del Pacífico.

Los corporativos de Azcárraga y Slim deben presentar al Ifetel los contratos que tengan suscritos actualmente de contenidos audiovisuales relevantes dentro de los días siguientes a la publicación del listado referido. La comisionada María Elena Estavillo señaló en la conferencia del viernes pasado que contratos como la transmisión de los Juegos Olímpicos y el Mundial de Futbol serían revisados.

Para el caso de las empresas de Slim, que ya transmiten contenidos audiovisuales, entendidos como todas las obras de audio y video producidas para su transmisión por estaciones de televisión abierta, pero también por redes de telecomunicaciones y medios de comunicación en general, el Ifetel recuerda que no ha cambiado el título de concesión de Telmex, al señalar que las medidas sobre los contenidos relevantes son independientes de las prohibiciones expresas que les sean aplicables para explotar servicios de televisión al público y no indican que el agente económico preponderante se encuentre habilitado jurídicamente para transmitir dichos contenidos.

En cuanto a Televisa, advierte que tiene 10 días para informar si tiene participación directa o indirecta en el capital social o influye de alguna forma en la administración o control, o posee instrumentos o títulos que le otorguen esa posibilidad con la empresa o agente económico preponderante en telecomunicaciones (en este caso las empresas de Slim). En caso de que así sea, debe proponer a la autoridad reguladora un plazo razonable para cumplir con la prohibición que al respecto hace el Ifetel, pero si éste se entera del incumplimiento de tal obligación, entonces procederá a ordenar la desincorporación de los activos en cuestión.