Lo usaban en una ceremonia tradicional en San Luis Potosí
Sábado 22 de febrero de 2014, p. 10
Un tribunal federal con sede en Boca del Río, Veracruz, revocó un auto de formal prisión que se había dictado en contra de dos mujeres de la etnia huichol, quienes fueron acusadas de encontrarse en posesión de peyote, a pesar de que estaban realizando una ceremonia tradicional, que legalmente hubiera bastado para que no fueran a prisión.
Las mujeres pasaron más de dos años presas a pesar de que la ley establece que por el hecho de que se declararan pertenecientes a una etnia indígena, tienen garantizado el acceso pleno a las instancias de defensa jurídica, así como la protección de derechos compatibles con sus usos, costumbres y con su especificidad cultural
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La etnia huichol que habita en los estados de Jalisco, Zacatecas, Nayarit y Durango, considera al peyote como el dios del conocimiento y constituye el elemento central de sus costumbres religiosas
En ese contexto, el Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer que con base en los protocolos establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y los tratados internacionales, se ordenó la inmediata libertad de las dos mujeres, las cuales fueron detenidas el 12 de octubre de 2011, por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública de San Luis Potosí, cuando realizaban una ceremonia religiosa en el paraje conocido como El Tanque de Emeterio, en el municipio de Real de Catorce.
En sus declaraciones, las indígenas señalaron tanto al ministerio público que integró la averiguación previa como al juez que conoció inicialmente de su caso: Desconocía que la posesión de peyote fuese ilegal, ya que sólo sabía que acorde con sus usos y costumbres, se utilizaba en forma tradicional para rezar; que en la ceremonia primero limpiaban con una vara, luego caminaban por el desierto buscando la planta sagrada del peyote, y luego ofrendaban diversos objetos
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Señalaron que, al momento de su aprehensión, sólo rezamos con el peyote con fines de sanar nuestra alma, espíritu y cuerpo
; una de ellas demostró que en su comunidad se le conoce como curandera tradicional.
En los registros del juicio consta la siguiente declaración: “el uso de la medicina como le llamamos al peyote, la usamos con fines médicos y por falta de información las personas la consideran como droga, pero en mi caso personal lo uso como medicina, porque me alivió de mi adicción al alcoholismo; nosotros rezamos con el peyote y lo considero como una religión que se llama rezo en la montaña o camino rojo, y yo estoy en el camino rojo, porque es mi religión y rezamos con la ‘medicina’ (el peyote en las manos)…”
Pero ni el hecho de declararse integrantes de una comunidad indígena y señalar que actuaban conforme a sus creencias ancestrales sirvió ante el Ministerio Público Federal ni el juez de distrito, violando con ello el acceso pleno a las instancias de defensa jurídica, así como la protección de derechos compatibles con sus usos, costumbres y con su especificidad cultural
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La abogada de las acusadas señaló que el juez de la causa no podía exigir a un indígena huichol que se abstuviera de poseer y utilizar peyote, considerado por dicha etnia como una medicina e incluso como una deidad, de la misma forma que se le reprocharía su uso a un ciudadano común
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El tribunal que conoció la apelación determinó que los argumentos de la defensa de las indígenas eran fundados
, y determinó revocar el auto de formal prisión dictado en su contra por la comisión del delito contra la salud.