Mañana debaten diputados reforma para que el juez privilegie el interés superior del niño
La meta es superar la alienación parental, que ocurre cuando un progenitor pone al menor contra el otro
Miércoles 19 de febrero de 2014, p. 44
La Cámara de Diputados discutirá este jueves una reforma a los códigos Civil Federal y Federal de Procedimientos Civiles para que en los procesos de divorcio, durante la disputa de la patria potestad, el juez privilegie el interés superior del menor.
La reforma pretende superar el fenómeno conocido como alienación parental, que se reproduce en los conflictos de custodia entre los padres, y en el que uno de éstos suma agravios contra su pareja para destruir el vínculo con sus hijos.
El dictamen de la Comisión de Justicia define que la alienación parental tiene su manifestación primaria en la campaña de denigración y maltrato de los hijos contra uno de los padres, que no tiene justificación alguna o se exagera hacia el progenitor objetivo
.
El lunes pasado este diario publicó que en los proceso de divorcio los padres se preocupan más por obtener el máximo posible de pensión o por salvar lo más que puedan de sus bienes, y que los hijos se convierten en botín
o en el medio para que los adultos puedan conseguir sus objetivos, lo que afecta sicológica y físicamente a los menores.
El dictamen a consideración de los diputados señala que es necesario identificar las conductas en que incurren las parejas en divorcio, ya que existen casos severos en los que el padre rechazado, quien alguna vez fue amado y tuvo una buena relación con su hijo, ve destruido permanentemente el vínculo de afecto, aunado a la idea de que cada vez es más frecuente el fenómeno de un progenitor que manipule y programe a sus hijos para ponerlos en contra del otro
.
De esta manera, la propuesta de reforma plantea que en caso de separación de un matrimonio, cuando haya desacuerdo sobre la patria potestad, el juez de la materia, con base en el interés superior del niño, resolverá lo conducente oyendo a los menores y al Ministerio Público
.
También instruirá la realización de pruebas periciales de oficio en materia de trabajo social y sicología familiar, así como cualquiera que alleguen las partes y las que estimen pertinentes para resolver lo más favorable a los menores.
En este supuesto, indica, también siempre con base en el interés superior del menor, éste quedará bajo los cuidados y atenciones de alguno de los dos padres.
Asimismo, dispone que en todos los asuntos del orden familiar, los jueces y tribunales estarán facultados para recabar y desahogar de oficio las pruebas necesarias para preservar el interés superior de la niñez, otorgando al Ministerio Público la intervención que corresponda.