Avance para una sociedad de derechos; cumple con los criterios de la SCJN: Conapred
Martes 18 de febrero de 2014, p. 35
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que los matrimonios formados por personas del mismo sexo serán afiliados al régimen ordinario de seguridad social, con base en la sentencia dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el pasado 29 de enero de 2014.
En un breve comunicado explicó que esta determinación es acorde con la interpretación realizada por la Suprema Corte a la Ley del Seguro Social, de que aun cuando la ley hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio pro persona, estipulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Corte Suprema determinó el 29 de enero en una votación dividida de tres votos contra dos, que hombres y mujeres que enviuden, casados con una persona de su mismo sexo, tienen derecho a las prestaciones y beneficios que el instituto ofrece a parejas heterosexuales.
El Issste lo hizo en 2013
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) señaló que el anuncio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respecto de que empezará a afiliar a parejas del mismo sexo, se suma a la que tomó al respecto, en 2013, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), y concreta con claridad, el criterio legal que deben seguir todas las instituciones de seguridad social
del país, para que brinden sus servicios en condiciones de igualdad y sin discriminación.
Indicó que hasta la fecha este consejo ha tenido conocimiento de 44 casos relacionados con la negativa de inscripción a matrimonios igualitarios, 7 relacionados en el Issste y 37 en el IMSS. Por ello la decisión de este último instituto es un avance para lograr una sociedad de derechos, y cumple con los criterios emitidos por la Suprema Corte y con la resolución 2/2011 del propio Conapred.