Quitaron la prohibición de transmitir comerciales de productos chatarra en horarios infantiles
Da a empresas 10 años para cumplir etiquetado en alimentos; la Cofemer dispuso que fueran cinco
Sábado 15 de febrero de 2014, p. 32
Los nuevos reglamentos sanitarios de publicidad y control de productos y servicios que se publicaron ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fueron mutilados y modificados respecto de los proyectos sometidos a consulta pública y avalados por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) desde septiembre pasado.
El primero no contiene la prohibición de transmitir comerciales de productos chatarra en horarios infantiles (de lunes a viernes de 14:30 a 19:30 horas, y fines de semana de las 7 de la mañana a 19:30), y el segundo, que se refiere al etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, excluyó a los sustitutos de leche materna de la obligación de informar al público sobre el contenido energético total que aporta su consumo.
El proyecto original disponía que el cumplimiento por parte de las empresas de las nuevas normas de etiquetado, que deben colocarse en la parte frontal de los productos, debería darse en un plazo máximo de cinco años. El reglamento publicado extiende el periodo a 10 años para las bebidas que utilicen envases retornables.
Envía Cofepris lineamientos para alimentos y bebidas
Ayer, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) envió a la Cofemer el proyecto de lineamientos con los criterios nutrimentales y de publicidad que deberán cumplir los anunciantes de alimentos y bebidas no alcohólicas, así como las restricciones de horarios para los productos que no cumplan con éstos. También presentó las normas para el etiquetado de dichos productos.
Empezará un nuevo periodo de consulta pública y análisis de estos documentos en la Cofemer.
El de publicidad señala los niveles máximos de calorías (energía), sal, grasas saturadas y azúcares totales que deberán contener alimentos y bebidas para poder anunciarse en los horarios infantiles.
Estos mismos requisitos se incluyen en los lineamientos para el etiquetado y permitirán a las empresas colocar en sus productos un distintivo nutrimental
que los identificará como alimentos saludables. Este otro proyecto, también sometido a consulta pública, define las características que deberá tener la información a colocarse en la parte frontal de los productos.
La difusión de los reglamentos en el DOF se da luego de varios meses de espera en la Cofepris, organismo que en octubre pasado incluso solicitó a la Cofemer una constancia de publicación de ambos documentos. Lo único que se informaba en relación con la tardanza en la publicación es que estaban en revisión en el área jurídica de la Presidencia.
Las autoridades plantearon en su momento que los cambios al reglamento de publicidad eran necesarios dado el incumplimiento de los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas del código de autorregulación de la publicidad dirigida a la infancia (Pabi), vigente desde 2009.
Desde entonces, la Secretaría de Salud (Ssa) reconoció la necesidad de adoptar medidas para abatir el problema de sobrepeso y obesidad que afecta a 70 por ciento de los adultos y 35 por ciento de niños y adolescentes en el país, fenómeno que ya representa una carga financiera por el costo de la atención médica para personas con exceso de peso corporal, las cuales desarrollan enfermedades como diabetes, hipertensión arterial, afecciones cardiovasculares y un cúmulo de complicaciones.
Especialistas y organizaciones civiles han señalado que una de las alternativas para abatir la problemática tiene que ver con cambiar el actual ambiente obesigénico en que se encuentran las personas, expuestas a anuncios y ofertas de alimentos y bebidas que favorecen el incremento de peso, principalmente en los niños.
Sobre el tema, la titular de la Secretaría de Salud, Mercedes Juan, recordó ayer que en 2009 la inversión en salud ascendía a 42 mil millones de pesos, y de mantenerse la tendencia, la cifra se elevará a 101 mil millones para el año 2017, dijo.
El proyecto del titular de la Cofepris, Mikel Arriola, sobre publicidad proponía exentar de las restricciones de horarios de transmisión de productos con bajo o nulo aporte nutrimental programas como telenovelas, deportes, noticieros, series y películas, siempre que se obtuviera la opinión favorable de la comisión a su cargo y los anunciantes acreditaran que la audiencia de niños de 4 a 12 años en estas transmisiones sería menor a 35 por ciento del total.
Ahora, el proyecto de lineamientos dice que podrán difundir comerciales de alimentos y bebidas no alcohólicas si su clasificación es para mayores de 15 años y adultos, así como aquellos cuya audiencia infantil (4 a 12 años) sea menor a 35 por ciento.