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Prohíben fumar en espacios públicos de Querétaro
Corresponsal
Periódico La Jornada
Jueves 30 de enero de 2014, p. 33

Querétaro, Qro., 29 de enero.

Diputados locales aprobaron hoy por unanimidad la ley que prohíbe fumar en cualquier lugar público cerrado o abierto, incluidos parques y estadios, si hay personas a quienes les afecte, e impone hasta 36 horas de arresto a quien viole esta dispiosición.

El dictamen que presentó la comisión de salud y población clasifica como espacios libre de humo de tabaco edificios públicos, establecimientos comerciales, empresas e industrias, expendios fijos de alimentos y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, establecimientos de hospedaje, bares, discotecas, salones y jardines para fiestas.

La restricción también se aplica a establecimientos particulares de cualquier giro donde se proporcione atención directa al público y que tengan áreas comerciales o de servicios; hospitales, clínicas, centros de salud, centros de atención médica públicos o privados, salas de espera, auditorios, bibliotecas y cualquier otro lugar cerrado de instituciones médicas o de enseñanza, así como unidades destinadas al cuidado y atención de niños, adolescentes, ancianos y personas discapacitadas.

También estará estrictamente prohibido fumar en transporte público de pasajeros, tanto de personal, oficial, empresarial y escolar, incluidas terminales, estaciones, paradas y otras instalaciones de mobiliario urbano; además, los choferes no deberán fumar.

Tampoco se podrá fumar en áreas físicas abiertas o cerradas con acceso al público, en lugares de trabajo, puertas de acceso y, en general, cualquier lugar con actividad pública donde concurran trabajadores y usuarios de servicios, así como en bibliotecas, hemerotecas, museos, instalaciones deportivas, centros recreativos, cines, teatros, casinos, auditorios, circos, parques, jardines, alamedas, plazas cívicas, salones de clases, cafeterías, sanitarios, laboratorios y balnearios aun en caso de que las instalaciones estén al aire libre.

Las sanciones serán multa, suspensión del servicio, arresto o clausura definitiva. En caso de reincidencia, la multa se duplicará y el fumador deberá acudir a tratamiento para dejar el tabaco.