Aunque cambiaron el dictamen, el instituto electoral le garantizará usar tiempos oficiales
No está previsto el escrutinio en alguna reforma constitucional, incluida la energética: Beltrones
Miércoles 11 de diciembre de 2013, p. 15
Los diputados borraron del dictamen de Ley Federal de Consulta Popular la propuesta para que el presidente de la República pudiera utilizar los tiempos oficiales en radio y televisión para convovar a ese ejercicio. No obstante, al resultar implícita la atribución del Ejecutivo en la materia, el Instituto Federal Electoral (IFE) le garantizará el uso de espacios para respaldar sus políticas cuando se convoque a la opinión ciudadana.
El PRD había reclamado que se modificara el proyecto de ley para excluir al presidente como beneficiario directo de los tiempos oficiales. Para el efecto se cambió el artículo 41, que señala: el instituto (electoral) promoverá la difusión y la discusión informada de las consultas populares que hayan sido convocadas por el Congreso de la Unión y garantizará el acceso a la radio y la televisión a quienes hubieran presentado la petición, a través de los tiempos oficiales que le corresponde administrar para sus propios fines
.
Quienes tendrán la atribución de convocar a consulta popular son el presidente de la República, al menos 33 por ciento de los integrantes del Congreso de la Unión y 2 por ciento del listado nominal del instituto electoral. Es decir, en el artículo 41 de dicha norma se encuentra implícito el beneficio al Ejecutivo.
Posteriormente, al someterse a votación una reforma al artículo 35 de la Constitución en materia de difusión de la consulta, los diputados atribuyeron al instituto electoral (IFE o Instituto Nacional de Elecciones, INE) la difusión y discusión de las consultas. Además, reconocieron a los sujetos que convoquen.
Dependerá de la pregunta
Antes de iniciar la votación de ambos dictámenes, el coordinador del PRI, Manlio Fabio Beltrones, dejó entrever que el presidente de la República tendría tiempo oficial para dar a conocer su opinión o defender sus políticas públicas por medio de una consulta popular, y aclaró que no está previsto que vaya al escrutinio de la población alguna reforma constitucional, incluida la energética. Sobre ese caso en particular, respondió que “habríamos de precisar cuál debe ser la pregunta.
Tendríamos que discutirlo, primero al elaborar la pregunta, posteriormente al ser calificada por el Instituto Nacional de Elecciones y luego ponerla a disposición de la Suprema Corte de Justicia, para ver si cumple con todo el objeto de no ir contra la Constitución
, añadió.
Una vez que se aceptaron las modificaciones a siete artículos de la ley, se impuso la mayoría con 431 votos y 36 en contra, de PT, Movimiento Ciudadano y algunos perredistas.
Momentos después se aprobó la reforma al artículo 35 de la Constitución, con los votos de PRI, PRD, Partido Verde y Nueva Alianza. En contra estuvieron PAN, PT y Movimiento Ciudadano.
De acuerdo con lo aprobado, para la obtención de firmas el formato será determinado por la Cámara de Diputados previa consulta al instituto electoral, y deberá contener al menos los siguientes requisitos: un tema de trascendencia nacional, la propuesta de pregunta, el número de folio de cada hoja y la clave de elector, así como el número identificador al reverso de la credencial para votar.
Además de los convocantes a la expresión ciudadana, ninguna otra persona, física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la consulta popular
, según la nueva norma.
En el Senado, la declaración del priísta David Penchyna de que la consulta popular no opera para la reforma energética, porque se trata de un asunto de ingresos, fue refutada por legisladores del PRD. Manuel Camacho Solís dijo que es absurdo, ya que todo lo referente al petróleo y la intención de privatizarlo es un asunto de interés nacional.
Sostuvo que sería muy grave que el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto quisiera imponer medidas autoritarias y pasar por encima de lo establecido en la Carta Magna, ya que en el artículo 35 se definen con claridad cuáles son los temas sobre los que no puede haber consulta, pero con sinceridad y con sentido común alguien puede decirnos que el tema energético, al que pedimos se someta a consulta, es de tipo fiscal.
Armando Ríos Piter, también senador del partido del sol azteca, subrayó: se trata de una penchynada
, e insistió en que la consulta es un derecho al más alto nivel consignado en el artículo 35 de la Constitución.
A su vez, la vicecoordinadora del grupo parlamentario del PRD, Dolores Padierna, aseveró: “hay que dejar muy claro que la estrategia de Peña Nieto, tal y como presentó el paquete hacendario y la reforma energética, es plan con maña para evitar la consulta popular.
A sabiendas de que la Carta Magna señala el derecho de los mexicanos a la consulta, el Ejecutivo ideó una estratagema tramposa para que los temas energéticos se metieran en la reforma hacendaria; afortunadamente el PRD logró que la Ley de Ingresos sobre hidrocarburos no formara parte del debate hacendario; pudimos sacarlo, por lo que Penchyna no puede decir que los energéticos, los hidrocarburos y la electricidad son temas fiscales
.