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Necesario, sustento jurídico: Córdova

Preocupa al IFE el régimen de transición con nuevo organismo
 
Periódico La Jornada
Lunes 9 de diciembre de 2013, p. 12

La víspera de que se consume la reforma constitucional que desaparecerá el Instituto Federal Electoral (IFE) en los próximos meses –una vez que el Senado avale los cambios que realizó la Cámara de Diputados–, el consejero Lorenzo Córdova habla claro: Aunque hay posibilidad, no voy a ser consejero del instituto nacional electoral, no me interesa serlo porque entiendo que hay que participar en un concurso, pero no estoy de ninguna manera interesado.

Córdova sostiene que pese a las premuras legislativas se debe evitar generar vacíos legales que pudieran tener consecuencias jurídicas difícilmente corregibles. Entre ellas, expresa sus dudas sobre el futuro de las sanciones que se han impuesto a los partidos políticos, en particular los 341 millones de pesos con que el IFE multó a los partidos y coaliciones por irregularidades en los gastos de las campañas federales de 2012, además de otras aplicadas con posterioridad y que aún no han sido ratificadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“No me preocupan las multas que ya causaron estado y que están por cobrarse porque son actos jurídicos consumados; en todo caso lo único pendiente es su ejecución por la autoridad electoral que surja de la reforma, manifiesta el consejero.

El problema son las multas que aún no causan estado, como las detectadas de la fiscalización de gastos porque, dijo, surgen inquietudes sobre la ruta que eventualmente seguirían si el TEPJF determina revocarla o modificar el monto, subraya.

Con la premura en el Congreso para aprobar la reforma política-electoral, como condición para avanzar en los cambios en el sector energético, al IFE le preocupa el régimen de transición entre el instituto y el organismo que surja de los cambios constitucionales.

Sostuvo: voy a ser dramático: la muerte legal del IFE, la extinción de esta institución y nacimiento de otra que tomará sus nuevas atribuciones de la reforma constitucional, debería incluir el proceso de cambio mediante un transitorio en la Constitución. La transferencia de los actos jurídicos del IFE a la autoridad que lo suceda debe estar estipulada constitucionalmente.

Si bien es posible que una omisión del legislador en esta materia pudiera eventualmente enmendarse mediante las leyes secundarias que se pretenden aprobar antes del 30 de abril, lo jurídicamente adecuado es incorporarlo en la Constitución.

Recordó que a seis años de la aprobación de la reforma constitucional electoral de 2007, hay varios artículos transitorios que entonces aprobó el Constituyente y es la fecha que no se han cumplido, y ya está casi consumada una nueva modificación constitucional.

En su caso, deberá aprobarse en el Congreso porque en una reforma constitucional, si bien están involucrados los 31 congresos estatales, ninguno de ellos puede promover modificaciones al texto ya aprobado. Su participación se circunscribe a aprobarla o rechazarla.